El interesado deberá dirigirse siempre al Centro docente donde finalizó los estudios conducentes a la obtención del título que solicita, donde le proporcionarán la información necesaria. El impreso 790 - tasa 059 se obtiene en "Expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales"
Acceso a las Tasas y tarifas 
Efectuado el abono de la tasa y acreditado éste mediante validación mecánica de la entidad bancaria colaboradora de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (cualquier banco o caja de ahorros), el Centro docente realiza la propuesta de expedición del título, bien a las Unidades de Títulos de los órganos provinciales de Educación de las Comunidades Autónomas o, en determinados supuestos, remitiendo la propuesta a la Sección de Títulos de la Subdirección General de Ordenación Académica de este Departamento.
El alumnado que haya finalizado sus estudios en centros docentes en los que se desarrolla la acción educativa española en el exterior abonará la correspondiente tasa en entidades bancarias mediante transferencia a la cuenta del BBVA (con domicilio en c/ Alcalá, nº 16, 28014 - Madrid -España), que a continuación se indica: 0182-2370-44-0200203771 "Ministerio de Educación, Cultura y Deporte cuenta restringida de recaudación de tasas en el extranjero".
Código IBAN de la cuenta restringida: ES4101822370440200203771 (los veinte dígitos del C.C.C. de la cuenta, precedidos por ES41). Este código puede requerirse para efectuar transferencias desde bancos extranjeros, al igual que el Código BIC (anteriormente denominado "Switf Code"): BBVAESMMXXX.
El importe establecido para la tasa en cada caso será el que haya de ingresarse en dicha cuenta restringida, con independencia de los gastos que ello pudiera ocasionar para el obligado al pago respecto a la entidad desde la que se emita la transferencia. Estos gastos de transferencia o cualquier otra comisión bancaria, en su caso, serán siempre de cuenta del interesado y no podrán aminorar el importe de la tasa que se ingrese en la cuenta restringida.
El Certificado de Escolaridad de Educación General Básica, los Títulos de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria y Graduado en Educación Secundaria Obligatoria son gratuitos y se expedirán de oficio.
La devolución de la tasa 059 "Expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales" corresponde al corresponde la Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas como órgano gestor de la misma a través de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.