Esta primera parte del programa es la que constituye su núcleo esencial y la que absorberá la mayor proporción de los recursos asignados. En lo que se refiere a los másteres conjuntos (acciones 1A en la terminología utilizada) se sigue básicamente el modelo ya vigente en la primera fase, mientras que la parte relativa a doctorados conjuntos (acciones 1B) supone la novedad más significativa y adopta en este nivel educativo un esquema bastante similar al del nivel del máster.
El programa Erasmus Mundus a través de sus convocatorias anuales seleccionará y dará apoyo económico a un número reducido de másteres conjuntos entre los que se presenten en el marco de dichas convocatorias por grupos o consorcios de instituciones de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Unión Europea, en los que se contempla la posible participación de instituciones de otros países.
Estos grupos han de estar constituidos por un mínimo de tres instituciones de tres países distintos de la Unión Europea y sus propuestas han de concretarse en un programa de máster integrado, de alta calidad académica y organizado en común por dichas instituciones, con pautas y reglas concertadas entre las que merecen destacarse, entre otras, las siguientes:
Los programas de máster que sean seleccionados recibirán una subvención de la Comisión Europea por un período de cinco años. Además de cubrir gastos de organización y otros apartados, dicha subvención tendrá como finalidad principal que las instituciones responsables del programa en cuestión puedan otorgar un número determinado de becas a estudiantes de la Unión Europea y de fuera de la Unión Europea para cursar el programa de máster. Las instituciones miembros del consorcio se comprometen a realizar convocatorias anuales con la debida publicidad y con criterios transparentes y precisos en la concesión de estas becas.
De igual forma, Erasmus Mundus a través de convocatorias anuales, seleccionará y dará apoyo económico a un número reducido de programas de doctorado conjuntos, entre los que se presenten en el marco de dichas convocatorias por grupos o consorcios de instituciones de Enseñanza Superior de los Estados miembros de la Unión Europea, en los que se contempla la posible participación de instituciones de otros países.
Estos grupos han de estar constituidos por un mínimo de tres instituciones de tres países distintos de la Unión Europea y sus propuestas han de concretarse en un programa de doctorado de alta calidad académica organizado en común por dichas instituciones, con pautas y reglas concertadas, entre las que merecen destacarse las siguientes:
Los programas de doctorado que sean seleccionados recibirán una subvención de la Comisión Europea por un período de cinco años. Además de cubrir gastos de organización y otros apartados, dicha subvención tendrá como finalidad principal que las instituciones responsables del programa en cuestión puedan otorgar un número determinado de becas a estudiantes de la Unión Europea y de fuera de la Unión Europea para cursar el programa. Las instituciones miembros del consorcio se comprometen a realizar convocatorias anuales con la debida publicidad y con criterios transparentes y precisos en la concesión de estas becas.
En el marco de esta acción la Comisión Europea seleccionará, a través de convocatorias anuales, actividades de cooperación entre grupos y consorcios de instituciones de Enseñanza Superior de los países de la Unión Europea y grupos semejantes de instituciones similares de países terceros.
Esta acción recoge y amplia los objetivos y mecanismos desarrollados en estos años anteriores en la acción comunitaria realizada bajo el epígrafe denominado "Ventana de cooperación exterior" (External Cooperation Window), que ahora se integra, manteniendo en buena medida sus características propias, dentro de esta nueva fase del programa Erasmus Mundus.
La financiación de la Comisión Europea de los proyectos seleccionados se extenderá a un período de tres años y se destinará a distintas actividades de cooperación interinstitucional: transferencia de conocimientos, reconocimiento mutuo de estudios e intercambio de estudiantes y de personal docente en todos los niveles, entre otras.
Dentro de esta línea de actuación, la Comisión Europea seleccionará por medio de convocatorias periódicas un cierto número de proyectos encaminados a todas aquellas cuestiones que incidan en la promoción y la proyección en el exterior de la Enseñanza Superior europea así como la mejora de su capacidad de atracción cara a otras regiones del mundo.
Los proyectos deberán contar con la participación de al menos instituciones de Enseñanza Superior de tres países de la Unión Europea. Además podrán formar parte de las propuestas instituciones de terceros países.
Es importante señalar que el tipo de instituciones cuya participación es posible dentro de este apartado es más amplio que el que se contempla en las acciones 1 y 2 del programa. Mientras que esas acciones, en virtud de sus propias características, se están refiriendo a instituciones que desarrollan programas educativos y académicos de Enseñanza Superior, en este caso el alcance puede incluir a cualquier otra institución activa en este terreno como pueden ser unidades administrativas de gobierno (nacional o de otro nivel), fundaciones u otras entidades.
Los proyectos pueden materializarse en su ejecución de múltiples formas: seminarios, encuentros, conferencias, estudios y análisis, publicaciones, desarrollo de redes, etc.