Es objeto de esta modalidad facilitar que jóvenes doctores con residencia en el extranjero, aun estando en la etapa inicial de su carrera y debido a su potencial científico-técnico, puedan incorporarse temporalmente a un grupo español y contribuir con elementos innovadores al trabajo del mismo, de manera que su estancia constituya un impulso considerable en términos tanto cualitativos como cuantitativos a la producción científico-técnica del grupo receptor. La incorporación al centro receptor es mediante la formalización de un contrato laboral.
Modalidad B. Estancias de jóvenes doctores extranjeros en centros españoles.
Profesores o investigadores extranjeros, con residencia en el extranjero, en donde desarrollen su profesión de manera habitual y que hayan obtenido el grado de doctor con posterioridad al 1 de enero del año 2000. Excepcionalmente, podrán solicitar estas estancias investigadores españoles que cumplan los requisitos de residencia y desarrollo de la profesión, de manera habitual, por un período mínimo de 3 años, en el extranjero. Quedan excluidos los investigadores españoles cuya residencia en el extranjero se deba al disfrute de una beca, subvención o contrato posdoctoral financiado con fondos españoles o de la Comunidad Europea.
Los investigadores responsables de los grupos receptores deberán estar adscritos a alguno de los centros referidos en el artículo 4.1.a), b) y c) de las disposiciones comunes de la convocatoria.
El n.º previsto máximo de concesiones es de 110 subvenciones para la formalización de un contrato laboral con el organismo receptor.
Para participar en esta modalidad, los solicitantes deberán reunir todos y cada uno de los requisitos recogidos en el documento adjunto. 
Las subvenciones correspondientes a esta modalidad contemplan una dotación mensual en concepto de salario, una dotación por gastos de traslado e instalación, así como la cobertura del Régimen General de la Seguridad Social. Las cuantías se detallan en el documento adjunto. 
La evaluación de las solicitudes la realizará la ANEP y con base en la evaluación científica una Comisión efectuará la selección de los candidatos. Para ampliar información al respecto véase el documento adjunto.
El investigador responsable del grupo receptor al que se incorporaría el investigador extranjero es el que ha de cumplimentar por medios telemáticos la solicitud y acompañarla de los documentos correspondientes, que estarán a su disposición en el apartado Documentación requerida.
La duración del período de disfrute de las estancias ha de ser como mínimo de 9 meses y como máximo de 18 meses, improrrogables y en un único período.
Los centros receptores han de estar encuadrados en uno de estos grupos:
04 de junio de 2010
Solicitudes presentadas a la convocatoria 26 de Mayo de 2010
Se informa de que la fase de evaluación de solicitudes de este programa, que corresponde a la ANEP, finalizará durante la segunda quincena de febrero de 2011, por lo que en función de la fecha en que estén todos los expedientes debidamente evaluados se procederá a fijar la fecha de la reunión de la Comisión de Selección.
Relación de solicitudes admitidas a trámite, solicitudes pendientes de subsanación y solicitudes excluidas
Por ORDEN EDU/1456/2010, de 26 de mayo, se convocaron ayudas del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigación de 2010, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.
En al artículo 13 de la mencionada convocatoria, se dictan instrucciones sobre la subsanación de la documentación de las solicitudes presentadas, indicándose que por el órgano instructor se efectuará la relación provisional de las admitidas y excluidas que se hará pública en el tablón de anuncios, c/ S. Fernando del Jarama, 14-16 y en la página web, con indicación de la causa o motivos de exclusión o de subsanación de la documentación presentada.
Por las razones expuestas, esta Dirección General hace pública en los anexos que figuran a continuación la relación de solicitudes admitidas a trámite así como la de las solicitudes desestimadas y pendientes de subsanación.
De conformidad con el artículo 13.2. de la convocatoria, la publicación de estas relaciones servirá de requerimiento a los interesados para que, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente a la publicación de la misma, puedan efectuar la subsanación con advertencia de que, si no lo hiciesen, se le tendrá por desistida la solicitud, previa resolución dictada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 y 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Relación provisional de solicitudes admitidas a trámite, una vez comprobado que reúnen los requisitos y han aportado la documentación requerida.
Relación provisional de solicitudes excluidas con expresión de los motivos o causas de exclusión o que presentan falta o deficiencias en los documentos presentados que deben subsanarse.Plazo y forma de efectuar la subsanación
El plazo para subsanar finaliza el 26 de NOVIEMBRE de 2010. En dicha fecha se cerrará el plazo de subsanación vía web y los documentos físicos requeridos deberán haber tenido entrada en el Registro del Ministerio de Educación, C/ Los Madrazo, 15-17, 28071 Madrid, o haber sido presentados en plazo por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Posteriormente al plazo de subsanación indicado ya no será posible subsanar los documentos, se considerará subsanación fuera de plazo.
Relaciones definitivas solicitudes admitidas a trámite y solicitudes excluidas
Una vez finalizado el plazo de subsanación, se hacen públicas por Resolución del Director General de Política Universitaria las relaciones de solicitudes admitidas a trámite, desistidas y desestimadas:
Resolución de 19 de enero de 2011 de la Dirección General de Política Universitaria
, por la que se publica la relación de solicitudes admitidas a trámite, desistidas y desestimadas de la convocatoria de estancias de movilidad de profesores e investigadores extranjeros en centros españoles Modalidad B


Nota informativa: propuesta de la comisión de selección
A efectos excluisvamente informativos, una vez reunida la Comisión de Selección, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la convocatoria de 26 de mayo de 2010 (BOE del 6 de junio), se hace pública la propuesta de la Comisión de Selección de la Modalidad B del Subprograma de estancias de jóvenes doctores extranjeros en centros españoles.
En el Anexo
, figuran las solicitudes propuestas para concesión, ordenadas por los organismos a los que están vinculados los investigadores responsables de los grupos receptores. Las fechas propuestas para concesión en aquellos casos en que las solicitadas eran para iniciar la estancia en marzo de 2011 han sido retrasadas al 1 de abril de 2011.
La concesión de las subvenciones relacionadas en el anexo, solo sera definitiva una vez se efectue la correspondiente resolución de concesión.
De acuerdo con lo establecido en el articulo 7 de la orden de convocatoria los organismos de adscripción como entidades colaboradoras deberan formalizar un convenio de colaboración con el ministerio de educacion. asimismo, de conformidad con lo establecido en el articulo 73 habran de formalizar un contrato laboral por meses naturales completos a los beneficiarios. De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la resolución de convocatoria, la resolución se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en la página web del Ministerio de Educación.
El plazo para interponer reclamaciones y recursos comenzará al día siguiente al de publicación en el BOE.
La solicitud se cumplimentará telemáticamente por el investigador responsable del grupo receptor junto a una serie de documentos electrónicos y posteriormente una vez hecha la remisión telemática del impreso y documentos electrónicos, el impreso en papel firmado por dicho profesor/investigador será presentado a través del organismo de origen junto con los originales o fotocopias compulsadas de los documentos físicos requeridos. Guia para la presentacion de solicitudes 
Relativos al profesor o investigador extranjero
Relativos al investigador responsable en el centro receptor
Relativos a la universidad u organismo solicitante y receptor
Los siguientes documentos no requieren impreso normalizado pero han de presentarse los originales o fotocopias debidamente compulsadas:
Relativos al profesor o investigador extranjero:
Relativos al investigador responsable en el centro receptor
Las solicitudes se enviarán a la Secretaría General de Universidades, presentándolas directamente en el Registro General del Ministerio de Educación (Los Madrazo, 15-17, 28071 Madrid) o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.
Orden EDU/ /2011, de 28 de marzo,
por la que se adjudican subvenciones de la Modalidad B del Subprograma de estancias de movilidad de profesores e investigadores extranjeros en centros españoles, de conformidad con la Orden EDU/1456/2010, de 26 de mayo (B.O.E. del 4 de junio).
(Publicado en el BOE de 11-4-2011) 
Información y documentos a cumplimentar por los beneficiarios de las subvenciones y responsables de los grupos receptores
Documentos a remitir antes de iniciar el disfrute de la estancia o por renuncia a la misma
Documentos a remitir al finalizar la estancia
Nº de fax: 91 745 92 36
Consultas telefónicas: 91 745 92 55
Para cualquier consulta o aclaración ha de dirigirse a la siguiente dirección de correo electrónico: