Requisitos de los solicitantes
Los estudiantes candidatos a las subvenciones de movilidad deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener su domicilio en España y estar matriculado en el curso académico 2009-2010 (1 de octubre de 2009 hasta el 30 de septiembre de 2010) en el máster para el que se solicita la ayuda de movilidad.
- Contar con un expediente académico con una nota media igual o superior a 1,50 puntos en los estudios previos por los que acceda al máster, obtenida por la aplicación del baremo siguiente: Aprobado (5 a 6,9) = 1, Notable (7 a 8,9) = 2, Sobresaliente (9 a 10) = 3, Matrícula de Honor (sobresaliente con mención de matrícula de honor) = 4. El cálculo de la nota media se realizará conforme a lo establecido en el Real Decreto 1497/1987, modificado por el Real Decreto 1267/1994, de 10 de junio y por el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto.
- Que la actividad académica lectiva para la que solicita ayuda de movilidad se desarrolle en distinta provincia de la universidad de matrícula, implicando un cambio efectivo de residencia habitual del alumno. La actividad docente para la que podrá solicitarse ayuda será exclusivamente la establecida en la programación académica del máster.
- No ser beneficiario de otras subvenciones o becas declaradas incompatibles en los artículos 10 y 37 de esta Orden.
En el caso de las subvenciones de movilidad a países del EEES, el máster en el que está matriculado el solicitante deberá tener suscrito un convenio de colaboración o acuerdo que recoja los requisitos enunciados en el artículo 1.5 de la presente Orden.