Los profesores visitantes para los que se solicite ayuda de movilidad deberán reunir los siguientes requisitos:
La estancia de los profesores visitantes tendrá una duración mínima de una semana y máxima de cuatro. El profesor visitante deberá desarrollar una actividad docente mínima de 20 horas a la semana, de las cuales, al menos 10, serán lectivas.
Al menos el 30% de los profesores visitantes para los que se solicite ayuda en cada máster oficial, deberá proceder de instituciones no españolas de países que hayan suscrito los acuerdos para la creación del Espacio Europeo de Educación Superior. Este requisito se entenderá igualmente cumplido cuando en el computo global de profesores para los que la universidad solicite ayuda se alcance el citado porcentaje.
La actividad docente de los profesores visitantes debe desarrollarse durante el curso académico 2008-2009.