Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones
Paseo del Prado, 28
28071-Madrid
Dentro del Ministerio de Educación la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones dependiente de la Dirección General de Política Universitaria, ejerce las siguientes funciones relacionadas con la expedición de títulos:
Real Decreto que establece los requisitos, el formato común y el procedimiento administrativo para la expedición de los títulos correspondientes a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, Máster y Doctorado 
Entre las principales novedades que introduce el texto se encuentra la creación de un Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales que recogerá los datos de los futuros estudiantes que concluyan sus estudios de Grado, Máster, o Doctorado, y los de aquellos que se encuentran en el Registro Nacional de Títulos Universitarios Oficiales. Se crea así un archivo único de referencia de Titulados Universitarios Oficiales.
Además, el Real Decreto desarrolla el formato Suplemento Europeo al Título que podrán expedir las universidades españolas con el fin de promover la movilidad de titulados españoles en el Espacio Europeo de Educación Superior. En él constarán todos los detalles personales, académicos y, en su caso, profesionales inherentes a cada titulación conseguida por los alumnos, lo que servirá como elemento de transparencia para la realización de estudios dentro del EEES.
También se regula la expedición de títulos conjuntos, tanto entre universidades españolas como entre españolas y extranjeras, lo que supone un respaldo al principio de movilidad que inspira el Espacio Europeo de Educación Superior.
Por último, el texto del Real Decreto establece que los efectos plenos de los títulos universitarios oficiales se obtienen desde la fecha de la completa finalización de los estudios, y no desde la fecha de abono de la tasa como ocurría hasta el momento.
El interesado podrá cumplimentar e imprimir el formulario Modelo 790
de liquidación de la tasa 059 "Expedición de títulos y diplomas académicos, docentes y profesionales" para su posterior pago presencial en una Entidad Financiera colaboradora de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Cada solicitud consta de tres ejemplares (para el interesado, para la administración y para la entidad colaboradora ).
El modelo 790 es único e identificado con un número de justificante para cada sujeto pasivo, por tanto, si desea obtener alguna otra solicitud, deberá descargarla de nuevo sin que en ningún caso pueda realizar fotocopias.
Además, también los interesados podrán cumplimentar el impreso de la tasa y realizar el pago telemático de la misma.