Homologación y convalidación de títulos extranjeros

Si desea continuar sus estudios en España o si quiere trabajar en España, tiene que solicitar la homologación y convalidación de su título eslovaco o de otro país.

Homologación

La homologación de títulos obtenidos conforme a sistemas educativos diferentes del español es el reconocimiento oficial de la formación superada, para la obtención del título extranjero, como equivalente a la exigida para la consecución de un título español. La homologación otorga al título los mismos efectos del título español con el cual se homologa.

Convalidación

La convalidación es el reconocimiento oficial de la validez a efectos académicos de estudios realizados y supone la declaración de la equivalencia de aquellos con los correspondientes españoles, a efectos de continuar estudios en una institución educativa española.

Tasas

Desde el 1° de enero de 2003 es necesario abonar una tasa para homologar o convalidar títulos y estudios extranjeros. La tasa depende del tipo de estudios o del título que se quiere homologar y se abona por la iniciación del expediente de homologación. La cuantía de la tasa se actualiza con fecha 1° de enero de cada año.

No es preciso realizar trámite alguno de convalidación de estudios para alumnos que deseen incorporarse en España a cualquiera de los cursos de la Educación Primaria o a cualquiera de los tres primeros cursos de la Educación Secundaria Obligatoria. La incorporación al curso que corresponda se efectuará por el centro español en el que vaya a continuar sus estudios, de acuerdo con la edad exigida y la normativa aplicable.

La convalidación de estudios parciales en universidades extranjeras corresponde a la universidad española en la que desee completar tales estudios.

Homologación  o convalidación de títulos o estudios eslovacos no universitarios

Documentación necesaria

Para homologar el título de Maturita eslovaca (los títulos que equivalen a Graduado/a en educación secundaria están exentos de tasa), resguardo del banco de haber pagado la tasa o Volante para la inscripción condicional en centros docentes o en exámenes oficiales.

Homologación  o convalidación de títulos de educación superior

La homologación a un título del Catálogo de títulos universitarios oficiales es el reconocimiento oficial de la formación superada, para la obtención de un título extranjero, como equivalente a la exigida para la obtención de un título español de los incluidos en el citado catálogo.

La homologación a grado académico de aquellos en que se estructuran los estudios universitarios en España es el reconocimiento oficial de la formación superada para la obtención de un título extranjero, como equivalente a la exigida para la obtención de un grado académico inherente a cualquiera de los niveles en que se estructuran los estudios universitarios españoles y no a un título concreto.

La homologación otorga al título extranjero, desde la fecha en que sea concedida y se expida la correspondiente credencial, los mismos efectos del título o grado académico español con el cual se homologa, en todo el territorio nacional, de acuerdo con la normativa vigente.

Reconocimiento de Títulos de la Unión Europea

El Tratado Constitutivo de la Unión Europea prevé la adopción de directivas para el reconocimiento profesional de diplomas, certificados y otros títulos.

Toda la información sobre homologación de títulos universitarios.

Lugar de presentación de las solicitudes y documentación

o directamente en:

- Subdirección General de Ordenación académica, Complejo Alcalá-Madrazo, Madrid 28014 (Estudios no universitarios)

- Subdirección General de Títulos y reconocimiento de cualificaciones, Paseo del Prado 28, Madrid 28014. (Estudios universitarios)