Ministerio de Educación, Cultura y Deporte - Gobierno de España

Actualidad

Propuestas de actuación para la enseñanzas de Arquitectura

21 de octubre de 2009

Ante la solicitud planteada por el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España y por Representantes de Estudiantes de Arquitectura, sobre el establecimiento de título de Máster como habilitante para la profesión de Arquitecto se plantea la siguiente propuesta:

  1. El Proyecto Fin de Grado se contabiliza por encima de los 300 créditos ECTS (confirmado en la Comisión constituida por 3 Rectores de la Comisión de Ingeniería y Arquitectura, 3 responsables de ANECA y 3 del Ministerio).
  2. En el marco de la modificación del RD 1393/2007 se establecerá la posibilidad de reconocimiento de competencias adquiridas en Grados de más de 300 créditos en títulos de Máster.
  3. Se plantea el diseño de títulos de Máster de 60 créditos en el que figuran competencias a reconocer desde el título de Grado.
    1. La parte que necesariamente ha de cursar el estudiante del Máster se debe deducir de un estudio riguroso de las competencias establecidas en el Grado analizando cuáles son reconocibles de nivel de Máster. Para la realización de este estudio se debe contar con la colaboración de las partes académica y profesional.
    2. Se puede tener una consideración especial con el Proyecto Fin de Grado de Arquitectura.
    3. En la parte que ha de cursar necesariamente el estudiante se puede optar por dejarla a definir por cada universidad, acordar en el Consejo de Universidades una recomendación a las universidades referida a elementos comunes, o una fórmula mixta (una parte común vía recomendación y otra parte diferenciadora de la universidad). Se manifiesta preferencia por las dos últimas.
    4. Se facilitará la posibilidad de matrícula condicionada en este Máster cuando resten únicamente un número de créditos (por ejemplo, 30) para obtener el Grado.
    5. Se propondrá a la Conferencia General de Política Universitaria que el precio de los créditos del Máster sea el precio que se establezca para los créditos del Grado.
  4. Se descarta la consideración de separar en el proceso formativo de 300 créditos una parte, de 240 créditos correspondiente a Grado y otra de 60 créditos correspondiente a Máster. Las razones son, entre otras, la planificación de los títulos ya verificados por el Consejo de Universidades y los trabajados por las universidades, la ausencia de perfil profesional en el grado, prolongación del periodo de formación.
  5. Se descarta la posibilidad de justificación del título de Máster mediante una evaluación global del Grado (planteado en algún momento). No tiene sentido que, concretado el sistema de evaluación de las competencias del grado en cada módulo formativo como es preceptivo en las memorias, se establezca otra evaluación global al final del proceso.

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