Ministerio de Educación, Cultura y Deporte - Gobierno de España

Nota de prensa

Aprobada la financiación de 75 millones de euros para el programa "Préstamos Renta Universidad"

27 de noviembre de 2009

Consejo de Ministros

  • El crédito es ampliable con otros 75 millones de euros
  • En esta convocatoria las ayudas se amplían a los estudios de doctorado
  • Las ayudas pueden ya pedirse a través de la web del Ministerio de Educación

 

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Educación, un acuerdo por el que se autoriza al Instituto de Crédito Oficial y al Ministerio de Educación a suscribir un convenio de colaboración para gestionar del programa Préstamos Renta Universidad.

Asimismo, el acuerdo ha aprobado la cuantía que se va a destinar para la financiación del programa para este curso 2009/2010: 75 millones de euros ampliables con otros 75.

La convocatoria ya está abierta y las ayudas pueden pedirse a través de la web del Ministerio de Educación www.educacion.es hasta el 30 de mayo de 2010.

El programa Préstamos Renta Universidad tiene como finalidad dar préstamos a aquellas personas que deseen estudiar un máster en cualquiera de los 46 países que forman el Espacio Europeo de Educación Superior, Estados Unidos o Canadá.

Además, este año la convocatoria tiene una novedad importante ya que estas ayudas se extienden también a aquellos que quieran estudiar un doctorado.

El préstamo renta es una ayuda que se otorga al 0 por ciento de interés y que se puede devolver en un máximo de 13 años, siendo los tres primeros de carencia. La cuantía total del préstamo puede alcanzar 28.800 euros para másteres a realizar en España y 34.800 para los que se realicen en el extranjero y tengan 120 créditos ECTS.

Entre los requisitos principales para acceder a un préstamo renta figuran:

  • Tener la nacionalidad española o de un país miembro de la Unión Europea y ser residentes en España durante los cuatro años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
  • Estar en posesión del título para el acceso a las enseñanzas oficiales de máster o para la fase de investigación del doctorado o titulaciones equivalentes en el extranjero y haber superado la última asignatura o requisito para su obtención con posterioridad al 1 de enero de 1998.
  • En el caso de matrícula en países del EEES los estudios deberán estar estructurados en los principios normativos del EEES y organizados en créditos europeos ECTS y estar reconocido como título oficial. En el caso de Estados Unidos y Canadá, los estudios deberán estar impartidos por centros reconocidos para la expedición de los títulos de máster o doctorado equivalentes a los del EEES y estar estructurados en créditos.
  • Para estudios de máster oficial. Tener formalizada la matrícula o haber sido aceptado con carácter definitivo en estudios de máster universitario, en al menos 30 ECTS en el curso académico 2009-2010. En España, además, deberán ser estudios conducentes a la obtención de títulos de máster universitario oficial.
  • Para estudios de doctorado. Tener formalizada la matrícula o haber sido aceptado con carácter definitivo en la fase investigadora del doctorado en un curso completo.

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