El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Educación, Ángel Gabilondo, ha aprobado un Real Decreto por el que se actualiza la regulación del Instituto de España. Este órgano, que depende del Ministerio de Educación, reúne a los Académicos y Académicas de Número de ocho Reales Academias de ámbito nacional: la Española, la de Historia, la de Bellas Artes de San Fernando, la de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, la de Ciencias Morales y Políticas, la Nacional de Medicina, la de Jurisprudencia y Legislación, y la Nacional de Farmacia. Fue creado en 1937 y sus estatutos redactados en 1947.
Con la nueva norma se establece un marco que adecua el organismo al entorno autonómico, que moderniza su organización, le dota de mayor autonomía interna y potencia la implicación de las Reales Academias integradas. Se pretende que el Instituto de España siga siendo el punto de encuentro de las Reales Academias, y el cauce para una mejor coordinación entre ellas.
Así, con la nueva regulación, el Instituto pasa a concebirse como una corporación de Academias (no de académicos, como hasta ahora). Se establecen, por primera vez, los requisitos y el procedimiento para la posible incorporación al Instituto de otras Academias de ámbito estatal.
La organización del Instituto se hace más sencilla, dinámica y flexible, contemplando:
A partir de ahora no existirán unos Estatutos del Instituto, sino únicamente la regulación que se contiene en el propio Real Decreto y su desarrollo en el Reglamento interno (que permite la regulación de las cuestiones menores de funcionamiento interno de manera más ágil y flexible).
Al margen de la regulación del Instituto de España, se ha aprovechado la ocasión para ordenar algunos elementos esenciales del régimen de las Academias de ámbito nacional, que hasta ahora carecían de un marco jurídico general de referencia.
Entre ellos destaca la regulación del proceso de creación de nuevas Academias, que dependerá de dos requisitos: