Ayudas para la movilidad de estudiantes universitarios: para que parte de los estudios puedan seguirse en universidades distintas a aquella en la que el estudiante se ha matriculado, con reconocimiento en su expediente académico de los créditos superados.
Estudiantes matriculados en universidades españolas o en centros de educación superior, que se hallen cursando los estudios conducentes a la obtención de los títulos oficiales de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o los de Diplomado, Ingeniero o Arquitecto Técnico y hayan obtenido una plaza en la convocatoria SICUE para el curso en el que se convoquen las becas.
Se convoca un máximo de 2.224 becas.
Articulo 3 de la convocatoria.
Las becas tendrán una cuantía de 500,00 euros mensuales y una ayuda de viaje única a cada beneficiario de 120,00€/200,00€ dependiendo a dónde o desde dónde se desplacen.
Articulo 13 de la convocatoria.
Estas becas son incompatibles con todas aquellas que tengan la misma finalidad y naturaleza, incluidas las becas generales, salvo la matrícula y la ayuda de material, obtenidas para el curso académico 2011-2012.
No podrá otorgarse una beca de esta convocatoria a beneficiarios de convocatorias anteriores, incluidos los que, en su caso, no realizaron la estancia y no presentaron la renuncia a la beca.
Requisitos una vez concedida la ayuda. (Articulo 15 de la convocatoria).
27 de abril de 2011
Orden EDU/1186/2011, de 11 de mayo, por la que se modifica la Orden EDU/1047/2011
, de 15 de abril, por la que se convoca el programa de subvenciones para la movilidad de estudiantes universitarios Séneca para el curso 2011-2012, y se amplía el plazo de presentación de solicitudes.
Se ha habilitado un nuevo procedimiento para tramitar la solicitud y es el siguiente. En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud telemática, se deberá imprimir el modelo de solicitud en formato pdf. Una vez firmada se deberá presentar directamente en el Registro del Ministerio de Educación, c/ Los Madrazo 15-17, 28071 Madrid, o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos, los registros de las Universidades no tendrán validez en cuanto al cumplimiento de los plazos de la convocatoria. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación. En cualquiera de las dos opciones de presentación de la solicitud, deberá acompañar la documentación preceptiva en formato electrónico.
La documentación deberá ser adjuntada en la aplicación informática en formato odt o pdf o doc con un máximo de 4 mb cada uno, los documentos electrónicos deberán identificarlos en su cabecera para facilitar la lectura de los mismos.
Sede Electrónica del Ministerio de Educación.

) Orden EDU/2870 /2011, de 11 de octubre
, complementaria a la Orden EDU/2395/2011, de 8 de agosto, y a la Orden EDU/2533/2011, de 1 de septiembre, por la que se conceden subvenciones para la movilidad de estudiantes universitarios «Séneca» para el curso académico 2011-2012
( Publicado en el B.O.E. de 25 de octubre de 2011) 
Ministerio de Educación
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