Esta modalidad tiene por objeto la concesión de subvenciones para la participación de profesores visitantes en actividades formativas en las enseñanzas universitarias oficiales de máster, que se lleven a cabo por universidades españolas, públicas y privadas, sin fin de lucro, durante el curso académico 2011-2012. Dichas actividades deberán realizarse en universidades radicadas en territorio español.
Modalidad “A” Profesores Visitantes
Profesores que tengan una vinculación contractual con otra universidad, centro de investigación o empresa española, de la Unión Europea, país del EEES u otros países que figuren en la actividad docente del máster.
El número de becas y ayudas que se concederá para el curso académico 2011/2012 se estima en 2.856 semanas de estancia.
Los recogidos en el Artículo 17 de la Orden de Convocatoria.
La estancia de los profesores visitantes tendrá una duración mínima de una semana y máxima de cuatro, que deberá desarrollarse dentro del curso académico 2011/2012 (del 1/10/2011/ al 30/09/2012).
El plazo de presentación de las solicitudes por los profesores visitantes será :
El plazo de presentación de las solicitudes por parte de las universidades será:
Artículo 4 de la Orden de Convocatoria.
Universidades españolas donde el profesor visitante vaya a realizar la actividad formativa.
Artículo 19 de la Orden de Convocatoria.
Artículo 25 de la Orden de Convocatoria.
08 de junio de 2011
Artículos 18 y 20 de la Orden de Convocatoria.
MODALIDAD A: SUBVENCIONES PARA LAS ESTANCIAS DE MOVILIDAD DE PROFESORES VISITANTES
Relación de solicitudes admitidas a trámite, solicitudes pendientes de subsanación y solicitudes excluidas
Mediante Orden EDU/1541/2011, de 2 de junio (BOE de 8 de junio), se hizo pública la convocatoria de subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2011-2012, incluidos los desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas.
De acuerdo con el artículo 4.7 de la mencionada convocatoria, subsanación de errores de las solicitudes presentadas, se publican tres Anexos con las siguientes relaciones de solicitudes:
: relación provisional de solicitudes de subvenciones admitidas a trámite, que han aportado la documentación requerida.
: relación de solicitudes que presentan falta o deficiencias en los documentos presentados con indicación de los defectos que deben subsanarse.
: relación de solicitudes de subvenciones excluidas con indicación de los motivos o causas de exclusión.La publicación de estas relaciones sirve de requerimiento a los organismos solicitantes, para que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la misma, del 4 de al 15 de octubre, inclusive, puedan efectuar la subsanación, en caso de las solicitudes recogidas en el ANEXO II.A, con advertencia de que, si no lo hiciesen, se le tendrá por desistida la solicitud, previa resolución dictada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 y 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Plazo y forma de efectuar la subsanación
El plazo para subsanar finaliza el 15 de octubre de 2011.
En dicha fecha se cerrará el plazo de subsanación y los documentos requeridos deberán haber tenido entrada en la Subdirección General de Formación y Movilidad del Profesorado, por e-mail movilidad.master@educacion.es
En relación al ACTA DE LA PROPUESTA DE LA COMISIÓN ACADÉMICA DE SELECCIÓN (IMPRESO A), se informa que tiene que ser ORIGINAL y enviada a la Subdirección General de Formación y Movilidad del Profesorado, C/ San Fernando del Jarama 14-16 2ª planta, certificado por procedimiento administrativo.
Posteriormente al plazo de subsanación indicado ya no será posible subsanar los documentos, se considerará subsanación fuera de plazo.
En las comunicaciones que mantengan con la Subdirección General a este respecto y con la finalidad de identificar adecuadamente sus escritos les rogamos indiquen siempre el nombre del programa al que han concurrido: Subvenciones para las estancias de movilidad de profesores visitantes y la referencia de la solicitud, que figura en las relaciones.
Orden EDU//2011, de 16 de diciembre
, por la que se conceden subvenciones para la movilidad de profesores visitantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2011-2012.
(Publicado en el BOE de 3-1-2012) 
Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no ser deudor por Resolución de procedencia de reintegro y declaración responsable de no incurrir en incompatibilidad.
EL BENEFICIARIO de la subvención tiene la obligación (Art. 8.2.c y Art. 9.5) de presentar esta declaración junto con la declaración de no incurrir en incompatibilidad en la universidad responsable del máster. NO DEBEN ENVIAR ESTOS IMPRESOS AL MINISTERIO. DEBERAN PERMANECER EN LA UNIVERSIDAD. ES IMPRESCINDIBLE QUE EL PRESENTE DOCUMENTO SEA ORIGINAL. NO SERAN VALIDOS FAXES NI DOCUMENTOS ESCANEADOS. AMBAS DECLARACIONES SON INDISPENSABLES PARA INICIAR LA TRAMITACIÓN DEL PAGO DE LA SUBVENCIÓN.
Ministerio de Educación
917 459 243