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Premios Miguel Hernández edición 2011

Datos generales:

  • Descripción:

    Los premios Miguel Hernández apoyan y difunden buenas prácticas y experiencias de aprendizaje a lo largo de la vida en España. Existen desde 1991

  • Destinatarios:

    Instituciones públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, y los centros públicos de educación de personas adultas de todo el Estado.

  • Dotación:
    • Primer premio, dotado con 36.500 euros y una distinción acreditativa
    • Segundo premio, dotado con 24.250 euros y una distinción acreditativa
    • Tercer premio, dotado con 15.200 euros y una distinción acreditativa Posibilidad de Menciónes honoríficas.
  • Plazo de presentación
    • Desde: 08 de marzo de 2011
    • Hasta: 07 de abril de 2011
    • Plazo de presentación finalizado
  • ¿Cómo realizarlo?:

    Para participar en la presente convocatoria se dirigirán las candidaturas a la Dirección General de Formación Profesional (Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la vida) y las presentarán en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Paseo del Prado 28, planta baja, 28014-Madrid, pudiendo utilizar para ello cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Convocatoria:

Solicitud:

  • Documentación requerida:

    Modelo de solicitud:

  • Lugar de entrega:

    Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, paseo del Prado 28, planta baja, 28014 Madrid

    Observaciones

    La Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la vida, como órgano instructor, examinará las solicitudes y si advirtiese defectos formales u omisión de alguno de los documentos exigidos, lo comunicará a los interesados concediéndoles un plazo máximo de diez días para que subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les considerarán desistidos de su solicitud, archivándose esta sin más trámite (artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

Resoluciones:

  • Más información:

    La Resolución de la convocatoria se realizará mediante Resolución de la Dirección General de Formación Profesional, por delegación del Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, de acuerdo con la orden EDU/2164, de 29 de julio de 2009 (BOE del 7 de agosto), en el plazo máximo de seis meses, contados desde la publicación de presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido el plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada su solicitud.

Más información sobre este trámite o servicio:

Otras convocatorias:

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