Devolución de la tasa 079 abonada indebidamente, en su totalidad o en exceso, por una solicitud de homologación o convalidación de títulos o estudios extranjeros de nivel no universitario
Interesados con estudios extranjeros no universitarios
Haber abonado indebidamente la tasa 079: por un expediente no iniciado, por importe superior al debido, por haber duplicado el pago o estar exento del mismo
España
Descarga, cumplimentación e impresión de la solicitud para su posterior presentación en un registro oficial
Subdirección General de Ordenación Académica o Subdirección General de Orientación y Formación Profesional
Fotocopia del "Ejemplar para el interesado" del modelo 790 y, en su caso, original del "Ejemplar para la Administración"
En cualquier registro de los indicados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común
La tramitación y resolución del expediente corresponde a la Subdirección General de Ordenación Académica o a la Subdirección General de Orientación y Formación Profesional. La devolución material del importe, en su caso, corresponde a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
913277681