- Descripción:
Esta convocatoria tiene como objeto la evaluación y acreditación de las comptencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral en las ciudad autónomas de Ceuta y Melilla, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1224/2009, y en la resolución de convocatoria.
- Modalidades:
- Unidades de competencia incluidas en los títulos de Formación Profesional de: Técnico Superior en Educación Infantil, Técnico en Atención de Personas en Situación de Dependencia, Técnico en Electromecánica de Vehículos Automóviles; Técnico en Emergencias Sanitarias, Técnico en Cocina y Gastronomía y Técnico en Servicios en Restauración.
- Unidades de competencia incluidas en los Certificados de Profesionalidad de: Atención Sociosanitaria a Personas en el Domicilio, Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, Mantenimiento de los Sistemas Electricos y Electrónicos de Vehículos, Mantenimiento del Motor y sus Sistemas Auxiliares, Mantenimiento de Sistemas de Transmisión de Fuerza y Trenes de Rodaje de Vehículos Automóviles, Transporte Sanitario, Atención Sanitaria a Múltiples Victimas y Catástrofes, Cocina, Respostería, Servicios de Restaurante, Servicios de Bar y Cafetería, Operaciones Auxiliares de Mantenimiento en Electromecánica de Vehículos y Operaciones Básicas de Cocina.
- Destinatarios:
Dirigido a personas con experiencia laboral en los perfiles profesionales asociados a las unidades de competencia referidas en el apartado anterior, y que cumplan los requisitos de la convocatoria.
- Nº de becas:
Hasta un máximo de 500 para la ciudad de Ceuta y hasta un máximo de 500 para la ciudad de Melilla
- Requisitos:
- Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana comunitaria, o ser titular de una autorización en vigor de residencia o de residencia y trabajo en España, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
- Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, para las unidades de competencia de nivel 2 y 3. Para la evaluación de unidades de competencia de nivel 1, se podrán presentar las personas que tengan 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
- Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar, en las siguientes condiciones:
- En el caso de experiencia laboral deberán justificar que, en los últimos 10 años antes de la publicación de la convocatoria, han trabajado al menos 3 años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total
- En el caso de formación a través de vías no formales deberán justificar un mínimo de 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de la publicación de la convocatoria. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
- No estar matriculado en un ciclo formativo o certificado de profesionalidad, o haber completado la formación, en los módulos de formación que estén referidos a las unidades de competencia que se desean acreditar
- Plazo de presentación
- Desde: 30 de diciembre de 2011
- Hasta: 18 de enero de 2012
Plazo de presentación finalizado
- ¿Cómo realizarlo?:
- La solicitud, dirigida al Director General de Formación Profesional del Ministerio de Educación, se presentará en la Dirección Provincial de la Ciudad consignada por el aspirante en la solicitud junto con la documentación exigida en la base anterior.
- Las solicitudes podrán presentarse asimismo en cualquiera de las oficinas integradas del Sistema de Registro Único de la Administración o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que cursarán las solicitudes recibidas a la Dirección Provincial del Ministerio de Educación de la Ciudad que corresponda..
- En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se deberá realizar en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja de la solicitud se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha de su admisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Anexo del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales.
- Para facilitar la participación de las personas adultas que no posean el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, éstas podrán solicitar en los centros educativos para personas adultas de cada una de las ciudades, la participación en la convocatoria para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales de nivel 1.
- Destino:
Dirección General de Formación Profesional (Direcciones Provinciales de Educación en Ceuta y Melilla)
- Proceso de selección:
En el caso de que el número de solicitudes presentadas fuera superior al de plazas ofertadas, se aplicarán los criterios de prioridad que se especifican en el anexo VI de la resolución teniendo preferencia absoluta el orden en el que aparecen los distintos apartados.
En caso de empate, se resolverá a favor de la persona que haya obtenido la puntuación más alta en el criterio de experiencia profesional y, si persiste el empate, a favor de las puntuaciones más altas en cada uno de los restantes criterios según el orden establecido. Si, finalmente, no pudiera resolverse aplicando estos criterios, se determinará por sorteo.
- Incompatibilidades:
No podrán concurrir quienes estén matriculados en un ciclo formativo o certificado de profesionalidad, o haber completado la formación, en los módulos de formación que estén referidos a las unidades de competencia que se desean acreditar.
En la presente convocatoria no podrán presentarse solicitudes en ambas ciudades (Ceuta y Melilla). Su presentación determinará la exclusión del procedimiento.