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Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT)

  • Graduado o Graduada en Bellas Artes por la Universidad Rey Juan Carlos - [Universidad Rey Juan Carlos]
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Acceso y admisión de estudiantes

Sistemas de información previo:
Requisitos de acceso y criterios de admisión:
Descripción:

El acceso a las enseñanzas oficiales de Grado requerirá estar en posesión del Título de Bachiller o equivalente y la superación de la prueba a que se refiere el artículo 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, sin perjuicio de los demás mecanismos de acceso previstos por la normativa vigente (RD 1640/1999, de 22 de octubre (BOE de 27 de octubre de 1999), modificado y completado por el RD 990/2000, de 2 de junio (BOE de 3 de junio de 2000) y por el RD 1025/2002, de 4 de octubre (BOE de 22 de octubre de 2002) y desarrollado por la Orden de 25 de noviembre de 1999 (BOE de 30 de noviembre de 1999).

 

Para esta Titulación de Grado en Bellas Artes, y con el fin de conocer el perfil y las aptitudes de los alumnos, se establece una prueba de admisión, que se celebrará después de la prueba de selectividad y en una única jornada que se comunicará cada año académico y consistirá en:

¿        Test de evaluación de capacidades

¿        Prueba específica del nivel artístico que será valorada por un profesor de la materia específica correspondiente al Primer Curso del Grado.

¿        Entrevista personal con un profesor del Grado.

 

La superación de la prueba no presupone la admisión automática en el Grado de Bellas Artes. La adjudicación de las plazas ofertadas entre los alumnos que hayan obtenido la calificación de APTOS se realizará siguiendo los mismos criterios de selección para el acceso a titulaciones de Grado.

Para más información sobre formas de acceso vease: http://www.urjc.es/alumnos/pruebas_acceso/

Incluir toda la normativa e información del anterior enlace es inviable por problemas de espacio. Vamos a indicar un resumen por modalidad de acceso:

1.- Pruebas de Acceso LOE

 

En la página Web de la Universidad, se encuentra disponible la información relativa a este punto (http://www.urjc.es/alumnos/pruebas_acceso/alumnos/index.html)

 

2.- Otras formas de acceso

 

2.1- Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años

La Normativa es: Real Decreto 1892/2008, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y los procedimientos de admisión a las enseñanzas públicas españolas.

La prueba de acceso será de aplicación a partir del 1 de enero de 2010 y se aplicará a los procedimientos de admisión de la Universidad a partir del año académico 2010 / 2011.

La Comunidad de Madrid deberá desarrollar este decreto mediante Orden del Consejo de Educación. En el momento que esto suceda la Universidad Rey Juan Carlos adoptará su normativa a la legislación en vigor.

Los requisitos son: Las personas mayores de 25 años, podrán acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado mediante la superación de una prueba de acceso. Sólo podrán concurrir a dicha prueba, quienes cumplan o hayan cumplido 25 años antes del día 1 de octubre del año natural en que se celebre dicha prueba.

 

2.2.- Pruebas de Acceso para Mayores de 40 años

 

La Normativa es: La prueba de acceso será de aplicación a partir del 1 de enero de 2010 y se aplicará a los procedimientos de admisión de la Universidad a partir del año académico 2010 / 2011. La Comunidad de Madrid deberá desarrollar este decreto mediante Orden del Consejo de Educación. En el momento que esto suceda la Universidad Rey Juan Carlos adoptará su normativa a la legislación en vigor.

Los requisitos son: Las personas mayores de 40 años, podrán acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado mediante la superación de una entrevista personal acreditando una determinada experiencia laboral y profesional en relación con la titulación. Sólo podrán concurrir a dicha entrevista, quienes cumplan o hayan cumplido 40 años antes del día 1 de octubre del año natural en que se celebre dicha prueba, además de no estar en posesión de ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías.

2.3.- Pruebas de Acceso para Mayores de 45 años

La Normativa es: La prueba de acceso será de aplicación a partir del 1 de enero de 2010 y se aplicará a los procedimientos de admisión de la Universidad a partir del año académico 2010 / 2011.

La Comunidad de Madrid deberá desarrollar este decreto mediante Orden del Consejo de Educación. En el momento que esto suceda la Universidad Rey Juan Carlos adoptará su normativa a la legislación en vigor.

Los requisitos son: Podrán acceder por esta vía las personas mayores de 45 años de edad que no posean ninguna titulación académica habilitante para acceder a la universidad por otras vías ni puedan acreditar experiencia laboral o profesional.

Podrán acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado mediante la superación de una prueba de acceso adaptada, si cumplen o han cumplido la citada edad antes del día 1 de octubre del año natural en que se celebre dicha prueba.

Podrán realizar la prueba de acceso en la universidad de su elección, siempre que existan en ésta los estudios que deseen cursar, correspondiéndoles, a efectos de ingreso, la universidad en la que haya realizado la prueba correspondiente.

 

Para el caso de cupos o casos especiales se especifica la documentación adicional que se tendrá que incluir. Los cupos que la Universidad ha decidido mantener en cada caso que distingue la legislación vigente son los siguientes:

 

1.- Alumnos extranjeros: sólo en la fase de preinscripción de junio, el 1% para nacionales de países no comunitarios ni del espacio económico europeo con convenio de reciprocidad y que hayan superado las pruebas de acceso en el actual curso académico o el anterior.

 

Según en RD 1892/2008 Art. 48-53 se encuentra en la url: http://www.urjc.es/alumnos/tramites_admision/archivos/LEGISLACION%20APLICABLE/RD1892-2008.pdf

 

3.- Plazas reservadas para mayores de 25 años. Para los estudiantes que hayan superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años de edad, se reservarán un número de plazas no inferior al 2 por 100.

 

4.- Plazas reservadas para mayores de 45 años y para mayores de 40 años que acrediten experiencia laboral y profesional. Para las personas que accedan a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado habiendo superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 45 años o acreditando una experiencia laboral o profesional a la que se refiere el artículo 36, las universidades reservarán en su conjunto un número de plazas no inferior al 1 por 100 ni superior al 3 por 100.

 

5.- Plazas reservadas a estudiantes con discapacidad. Se reservará un 5 por 100 de las plazas disponibles para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, así como para aquellos estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que durante su escolarización anterior hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa.

 

6.- Plazas reservadas a deportistas de alto nivel y de alto rendimiento. Rendimiento se regirá por lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento. Se reservará un porcentaje mínimo del 3 por 100 de las plazas ofertadas por los centros universitarios, para quienes acrediten su  condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento y reúnan los requisitos académicos correspondientes.

 

7.- Plazas reservadas a estudiantes con titulación universitaria o equivalente. Para los estudiantes que ya estén en posesión de una titulación universitaria oficial o equivalente, se reservará un número de plazas no inferior al 1 por 100 ni superior al 3 por 100.

 

Los estudiantes que reúnan los requisitos para solicitar la admisión por más de una vía de acceso (general y/o porcentaje de reserva) podrán optar, a efectos de preinscripción, por una de entre las varias vías posibles, a su elección, pero únicamente por una de ellas.

 

Las plazas objeto de reserva que queden sin cubrir se acumularán a las ofertadas por el régimen general en la fase de junio.

 

La información anterior será susceptible de modificaciones en función de los posibles cambios en el calendario académico.

 

El acceso a las enseñanzas oficiales de grado requerirá estar en posesión del título de bachiller o equivalente y la superación de la prueba a que se refiere el artículo 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril, sin perjuicio de los demás mecanismos de acceso previstos por la normativa vigente (RD 1640/1999, de 22 de octubre, (BOE de 27 de octubre de 1999), modificado y completado por el RD 990/2000, de 2 de junio (BOE de 3 de junio de 2000) y por el RD 1025/2002, de 4 de octubre (BOE de 22 de octubre de 2002) y desarrollado por la Orden de 25 de noviembre de 1999 (BOE de 30 de noviembre de 1999)).

 

Sobre el perfil de ingreso recomendado, no se pone ninguna restricción distinta a la que establece la ley (PAU).

Apoyo a estudiantes:

La Universidad Rey Juan Carlos, conocedora del cambio tan importante que supone para el alumno de primera matriculación su entrada en la universidad, ha puesto en marcha diversos sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados:

 

1.- Pruebas de nivel: la Universidad realiza anualmente una evaluación del nivel de todos los alumnos que ingresan en los primeros cursos de cada titulación. Estas pruebas tratan de medir conocimientos y capacidades generales en aquellas áreas que se estiman de interés básico para todos los alumnos, con independencia de la titulación en la que se hayan matriculado, entre otras, informática, inglés, o cultura general. Durante una semana, habitualmente en la segunda quincena de octubre, se evalúa a todos los grupos de primero. Las pruebas de evaluación son de preguntas tipo test, y se recogen los resultados en hojas de lectura óptica. Los resultados que se obtienen de las pruebas de nivel son anónimos, diferenciando de forma agregada por titulación, campus y área evaluada. La información recogida de esta prueba se utiliza para determinar y perfilar el nivel, contenido y materia de la siguiente edición de los Cursos Cero.

 

2.- Cursos cero: para ayudar a los alumnos a eliminar las posibles deficiencias de conocimientos con las que pueden encontrarse al iniciar estudios en determinadas titulaciones, la universidad anualmente realiza los Cursos Cero de preparación. El contenido de estos cursos se determina tanto por los resultados de las pruebas de nivel realizadas en el curso anterior, como por las sugerencias recibidas por la Unidad responsable del Sistema de Garantía de Calidad y remitidas al Vicerrectorado correspondiente. Estos cursos se realizan durante el mes de septiembre y para garantizar su calidad, se realiza una evaluación de los mismos. Los Cursos cero ofertados en el curso académico 2007-08 (y su contenido en horas) han sido los siguientes: Matemáticas (60 h), Matemáticas para el estudio de las ciencias sociales (60 h), Manejo de herramientas informáticas (30 h), Técnicas de estudio y autoformación para universitarios (30 h), Técnicas de estudio (30 h), Introducción práctica a la ingeniería (60 h), Física (60 h) y Química (60 h). Se han ido ampliando los grupos y se ha posibilitado al alumno su asistencia en distintos turnos (mañana y tarde).

 

3.- Programa de Tutorías Integrales: la Universidad, consciente de la necesidad de desarrollar programas de tutorías específicos que orienten y motiven a los alumnos para su mejor rendimiento académico y su implicación en la Universidad y en su programa formativo, y dentro de las recomendaciones de los distintos programas de Evaluación Institucional de la ANECA, decidió implantar en el curso 2005-06 un Plan Piloto de Tutorías Integrales. Desde entonces, este Programa es una constante en la Universidad. En el curso académico 2008-2009, dicho programa se incorpora a los títulos de Grado como una actuación que todo profesor debe desempeñar dentro de su actividad docente y en la que todo alumno tiene la obligación y el derecho de participar activamente.

Se puede consultar más información en la web: http://www.urjc.es/ordenacion_docente/tutorias_integrales.html

 

4.- Centro de Orientación e Información para el Empleo (C.O.I.E.): es un servicio de la URJC dependiente del Vicerrectorado de Centros, Institutos, Política de Orientación y Empleo y Cooperación para el Desarrollo, cuyo fin es potenciar la cooperación estrecha entre la Universidad y la empresa para favorecer la calidad en la formación y el empleo de los estudiantes de la Universidad. En su labor dirigida a los estudiantes universitarios les provee de información sobre convocatorias de oferta de empleo público y privado, planes de estudios, salidas profesionales, inclusión en la bolsa de empleo, orientación profesional, prácticas de empresas. En relación a los alumnos ya titulados les ofrece información sobre ofertas de empleo, estudios de especialización, másteres. Asimismo, el C.O.I.E. realiza labores de asesoramiento en la elaboración del curriculum vitae, facilita ofertas de cursos de formación especializada orientados a mejorar el desarrollo profesional y la inserción en el mundo laboral y realiza anualmente foros de empleo que sirvan de encuentro directo entre las empresas y los alumnos.

 

Sistemas de transferencia y reconocimiento de créditos:
Reconocimiento de Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales No Universitarias.
Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios.
Reconocimiento de Créditos Cursados por Acreditación Experiencia Laboral y Profesional.
Descripción:

 

 

Además de lo establecido en el artículo 6 de este real decreto, la transferencia y reconocimiento de créditos en las enseñanzas de grado deberán respetar las siguientes reglas básicas:

 

a) Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.

 

Materia

Asignatura

Créditos ECTS

Arte

Análisis de la Forma, el Color y la Luz

6

Arte

Pintura. Técnicas y Materiales I

6

Arte

Dibujo. Técnicas y Materiales I

6

Filosofía

Estética

6

Lingüística

Narrativa audiovisual

6

Historia

Historia del Arte Contemporáneo. Las Vanguardias

6

Total de Créditos reconocidos en distintas Ramas

36

 

 

b) Serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder.

 

Materia

Asignatura

Créditos ECTS

Historia

Historia del Arte. Desde la antigüedad a la modernidad

6

Informática

Informática

6

Derecho

Deontología Profesional e Igualdad

6

Idioma Moderno

Idioma Moderno

6

Total de Créditos reconocidos en distintas Ramas

24

 

 

c) El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las restantes materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.

 

 

 

Curso de adaptación para titulados:
Descripción:

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