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Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT)

  • Graduado o Graduada en Administración y Dirección de Empresas por la Uni... - [Universidad Complutense de Madrid]
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Acceso y admisión de estudiantes

Sistemas de información previo:
Requisitos de acceso y criterios de admisión:
Descripción:

4.2 Criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales (FACULTAD DE CC. ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES)

Las vías y requisitos de acceso se fijarán de acuerdo a la legislación vigente. Dicha legislación establece una serie de requisitos para acceder a la Universidad.

1. Alumnos que hayan superado las Pruebas de Acceso a la Universidad o equivalentes (COU anterior al Curso 1974/1975, Preuniversitario y Examen de Estado) en cualquier Universidad  española o COU sin selectividad (1975 - 2003).

2. Alumnos que reúnan los requisitos exigidos para acceder a la universidad en los sistemas educativos de países miembros de la Unión Europea, incluidos los poseedores del Bachillerato Europeo, los del título de Bachillerato Internacional, los procedentes del sistema educativo Suizo y alumnos procedentes del sistema educativo Chino, además de los sistemas educativos de Islandia, Noruega y Liechtenstein, sin perjuicio de las pruebas específicas que puedan exigirse para el acceso a determinadas enseñanzas.

3. Alumnos de Formación Profesional (Formación Profesional de 2º grado, Módulos Profesionales de nivel 3 y Ciclos Formativos Superiores) y equivalentes, sólo para los estudios para los que tienen acceso según la rama, especialidad o ciclo formativo cursado.

  • Técnico Superior en Administración y Finanzas.
  • Técnico Superior en Secretariado
  • Técnico Superior en Comercio Internacional.
  • Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing.
  • Técnico Superior en Servicios al consumidor.
  • Técnico Superior en Gestión del transporte.
  • Técnico Superior en Gestión y organización de empresas agropecuarias.
  • Técnico Superior en Gestión y organización de recursos naturales y paisajísticos.
  • Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial.
  • Técnico Superior en Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos.
  • Técnico Superior en Agencias de Viajes
  • Técnico Superior en Alojamientos.
  • Técnico Superior en Información y comercialización turísticas.
  • Técnico Superior en Restauración.
  • Técnico Superior en Animación turística.
  • Técnico Superior en Asesoría de imagen personal.
  • Técnico Superior en Administración de sistemas informáticos.
  • Técnico Superior en Desarrollo de aplicaciones informáticas.
  • Técnico especialista en peritos mercantiles.
  • Técnico especialista en Mandos intermedios.

4. Alumnos en posesión de una titulación universitaria (Graduado, Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero) o equivalente

 

Perfil de ingreso

El solicitante del Grado en Administración y Dirección de Empresas debería ser una persona con don de gentes y a la que le guste tener un trato continuo con las personas. Además es importante que maneje bien el lenguaje debido a la importancia de la comunicación con otros. El solicitante de este grado también debería sería deseable que tuviera como preferencias el trabajo de oficina  que  requiere precisión y exactitud. Con espíritu independiente y emprendedor y al que le guste trabajar en equipo.

 

Competencias de ingreso

Las capacidades que deben tener un ingresado deben ser tanto generales como ciudadano, como específicas de carácter técnico. Las capacidades que se exigen para el acceso al Grado son las del bachiller (y por extensión las de un titulado en ciclos formativos de  grado superior), están recogidas en el artículo 5 del decreto 67/2008, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo del Bachillerato (B.O.C.M. núm. 152):

  • Ser un ciudadano democrático, desde una perspectiva global, con una conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española así como por los derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa y equitativa y favorezca la sostenibilidad.
  • Disponer de una madurez personal y social que le permita actuar de forma responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales.
  • Asumir la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades existentes e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas con discapacidad.
  • Poseer los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal.
  • Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana.
  • Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.
  • Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación.
  • Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus antecedentes históricos y los principales factores de su evolución.
  • Disponer de los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar las habilidades básicas propias de las ciencias sociales, con una visión integradora de las distintas materias.
  • Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en el  cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente.
  • Poseer un espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico.

Finalmente, decir que se recomienda que los potenciales estudiantes de este grado hayan cursado el Bachillerato de Tecnología y el de Humanidades y Ciencias Sociales (o cualesquiera de los ciclos formativos de grado superior a que da acceso este Grado), aunque se aconseja que el nivel de Matemáticas corresponda al de Bachillerato de Tecnología.

Para los estudiantes que cursen el Grado en castellano, se considerará como requisito imprescindible para el acceso un nivel mínimo de castellano que permita el adecuado seguimiento de las actividades docentes.

Este nivel se presupone para estudiantes procedentes de países donde el castellano sea lengua oficial. En caso contrario, el estudiante debería acreditar un nivel B2 como mínimo mediante certificado expedido por alguno de estos organismos: Instituto Cervantes, Escuela Oficial de Idiomas, Centro Complutense para la Enseñanza del Español (CCEE), Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), o cualquier otro organismo que autorice la UCM.

A aquellos estudiantes que no estén en posesión de un certificado con las anteriores características se les dará la posibilidad de realizar un examen del CCEE, en lugar y fecha que se harán públicas con suficiente antelación en la página web de la Facultad. Estos estudiantes serán admitidos si demuestran, mediante ese examen, tener un nivel B2 como mínimo.

Para la matriculación en el grupo de inglés, el estudiante debe ser admitido en la titulación correspondiente por las mismas vías de acceso que para la matriculación en grupos en castellano, así como acreditar un conocimiento suficiente del idioma inglés. En concreto, deberá acreditar un nivel B2 como mínimo, mediante certificado oficial. A aquellos estudiantes que no estén en posesión de un certificado se les dará la posibilidad de realizar un examen del Centro Superior de Idiomas Modernos (CSIM), en lugar y fecha que se harán públicas con suficiente antelación en la página web de la Facultad.

 

4.2 Criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales (CUNEF)  

Vías y Requisitos de acceso

Alumnos que hayan superado las pruebas de acceso a la Universidad o equivalentes.

Alumnos que reúnan los requisitos exigidos para acceder a la Universidad en los sistemas educativos de países miembros de la Unión Europea, incluidos los poseedores del Bachillerato Europeo, los del título de Bachillerato Internacional, los procedentes del sistema educativo Suizo y los alumnos procedentes del sistema educativo Chino, además de los sistemas educativos de Islandia, Noruega y Liechtenstein, sin perjuicio de las pruebas específicas que puedan exigirse para el acceso a determinadas enseñanzas.

Alumnos en posesión de una titulación universitaria (Graduado, Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero) o equivalente.

Para los estudiantes que cursen el Grado en castellano, se considerará como requisito imprescindible para el acceso un nivel mínimo de castellano que permita el adecuado seguimiento de las actividades docentes.

Este nivel se presupone para estudiantes procedentes de países donde el castellano sea lengua oficial. En caso contrario, el estudiante debería acreditar un nivel B2 como mínimo mediante certificado expedido por alguno de estos organismos: Instituto Cervantes, Escuela Oficial de Idiomas, Centro Complutense para la Enseñanza del Español (CCEE), Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), o cualquier otro organismo que autorice la UCM.

Además de estos requisitos de acceso, los futuros estudiantes deberán superar las pruebas de selección establecidas por CUNEF para cada título.

Pruebas de acceso propias

El proceso de selección tiene por objetivo evaluar a cada uno de los candidatos en función de su expediente académico previo, y de las capacidades, conocimientos y competencias demostradas durante la realización de las pruebas de admisión.

Dichas pruebas constan de:

  • Test de capacidad intelectual.
  • Prueba de nivel de inglés. Esta prueba solo será discriminatoria para los candidatos de la titulación en Administración y Dirección de Empresas- Programa bilingüe, quienes deberán acreditar un nivel de competencia alto en lengua inglesa. Serán eximidos de la realización de esta prueba aquellos candidatos que acrediten, antes de la fecha de realización de las pruebas de admisión, haber superado en los 2 años anteriores al comienzo de la carrera universitaria, uno de los siguientes exámenes: Cambridge Advanced (Cambridge ESOL Exams), Cambridge Proficiency (Cambridge ESOL Exams), TOEFL iBT: 90 puntos o superior, IELTS: puntuación 7 o superior.
  • Prueba general de acceso.
  • Entrevista personal (en determinados casos).
  • Los candidatos preseleccionados por CUNEF son citados para participar en el proceso de admisión y selección. Los candidatos deben seleccionar una fecha entre las propuestas al cumplimentar su solicitud de admisión. El resultado de las pruebas de admisión se comunicará por escrito y/o email a los candidatos en un plazo aproximado de quince días desde la realización de dichas pruebas.

Los candidatos admitidos que hubieran realizado su reserva de plaza, dentro de los plazos indicados por CUNEF, recibirán puntualmente las instrucciones para formalizar su preinscripción y matrícula, como alumnos de la Universidad Complutense de Madrid, dada nuestra condición de centro adscrito a dicha Universidad.

Perfil recomendado para el estudiante de nuevo ingreso

En los futuros alumnos valoramos, junto con las motivaciones para la elección del título que nos manifiestan, el rigor intelectual, la auto motivación, la participación activa y el deseo de buscar el conocimiento con creatividad e independencia.

Las alumnas y los alumnos de nuevo ingreso se deben enfrentar a sus estudios de Grado con las siguientes actitudes:

  • Responsabilidad. Sus resultados académicos vendrán marcados por su trabajo y esfuerzo.
  • Receptividad. Las alumnas y los alumnos deben estar abiertos a las ideas y propuestas nuevas que se le planteen durante sus estudios de Grado.
  • Curiosidad. Estar dispuesto a abrir, investigar, descubrir nuevos aspectos por sí mismo.

Finalmente, decir que se recomienda que los potenciales estudiantes de este grado hayan cursado el Bachillerato de Tecnología o el de Humanidades o el de Ciencias Sociales (o cualesquiera de los ciclos formativos de grado superior que dan acceso a este Grado), aunque se aconseja que el nivel de Matemáticas corresponda al de Bachillerato de Tecnología.

 

4.2 Criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales (RCU MARÍA CRISTINA)

Para los estudiantes se considerará como requisito imprescindible para el acceso un nivel mínimo de castellano que permita el adecuado seguimiento de las actividades docentes.

La nota de la PAU será el criterio aplicable para atribuir las plazas.

Condiciones de acceso:

El Real Centro Universitario Escorial-María Cristina se rige por las mismas disposiciones que la Universidad Complutense de Madrid respecto a las condiciones de acceso al título de Grado de Administración y Dirección de Empresas, al que se puede acceder desde diferentes tipos de estudios:

- Bachillerato
- Formación Profesional
- Titulados Universitarios y equivalentes
- Mayores de 25 años
- Mayores de 40 años
- Mayores de 45 años
- Con estudios en el extranjero

Se considera como requisito imprescindible para el acceso un nivel mínimo de castellano que permita el adecuado seguimiento de las actividades docentes.

Este nivel se presupone para estudiantes procedentes de países donde el castellano sea lengua oficial. En caso contrario, el estudiante debería acreditar un nivel B2 como mínimo mediante certificado expedido por alguno de estos organismos: Instituto Cervantes, Escuela Oficial de Idiomas, Centro Complutense para la Enseñanza del Español (CCEE), Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), o cualquier otro organismo que autorice la UCM.

Debido a su carácter de centro adscrito, el Real Centro Universitario Escorial-María Cristina no aplica notas de corte para el acceso de los alumnos, estando la matrícula abierta a todos aquellos que hayan superado el proceso de Selectividad con nota media de 5,0.

Proceso de admisión:

El proceso de admisión seguido por el RCU Escorial-María Cristina es el siguiente:

Solicitar una entrevista personal al Departamento de Admisiones. El objetivo de la entrevista personal es valorar el perfil del candidato respecto a los estudios solicitados y ofrecerle la posibilidad de conocer con más detalle el funcionamiento del Centro y los contenidos de las carreras que se imparten.

Una vez realizada la entrevista y el estudio del expediente académico, el Comité de Admisiones determina si el candidato es aceptado, siempre de acuerdo con los requerimientos  derivados de la condición de Centro Adscrito y con el volumen de demanda de plazas.

 

4.2 Criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales (CES VILLANUEVA)

Condiciones de acceso

El Centro Universitario Villanueva se rige por las mismas disposiciones que la Universidad Complutense Madrid respecto a las condiciones de acceso al título de Grado en Dirección y Administración de Empresas, al que se puede acceder desde diferentes tipos de estudios:

- Bachillerato-LOGSE

- COU

- Titulados (acceso a 2º ciclo)

- Mayores de 25 años (superando la prueba de acceso de la Universidad Complutense Madrid)

Se considera como requisito imprescindible para el acceso un nivel mínimo de castellano que permita el adecuado seguimiento de las actividades docentes.

Este nivel se presupone para estudiantes procedentes de países donde el castellano sea lengua oficial. En caso contrario, el estudiante debería acreditar un nivel B2 como mínimo mediante certificado expedido por alguno de estos organismos: Instituto Cervantes, Escuela Oficial de Idiomas, Centro Complutense para la Enseñanza del Español (CCEE), Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), o cualquier otro organismo que autorice la UCM.

Debido a su carácter de centro adscrito, el Centro Universitario Villanueva no aplica notas de corte para el acceso de los alumnos, estando la matrícula abierta a todos aquellos que hayan superado el proceso de Selectividad con nota media de 5,0.

Proceso de admisión

El proceso de admisión seguido en el Centro Universitario Villanueva comprende tres fases:

Paso 1. Solicitar una entrevista personal al Departamento de Admisiones. El objetivo de la entrevista personal es valorar el perfil del candidato respecto a los estudios solicitados y ofrecerle la posibilidad de conocer con más detalle el funcionamiento del Centro y los contenidos de las carreras que se imparten. También se puede solicitar la entrevista por e-mail.

Paso 2. Realizar las pruebas de acceso:

- Test sobre cultura general y test específico sobre los estudios elegidos

- Resolución de un caso práctico

- Prueba de nivel de idiomas

La ponderación de las distintas pruebas es la siguiente:

- Test sobre cultura general: 20%

- Test específico sobre los estudios elegidos: 40%

- Resolución de un caso práctico: 40%

La prueba de nivel de idiomas se justifica por la importancia que en el mundo de la empresa y según el contexto económico global actual facilitará la inserción laboral tanto a nivel nacional como internacional.

Esta prueba de idiomas es requisito de carácter general para todas las titulaciones que oferta el CES Villanueva porque, además, impartimos clases de inglés para aquellos alumnos que lo deseen y esa prueba facilita poderlos agrupar por niveles.

Paso 3. Una vez realizada la entrevista, las pruebas y el estudio del expediente académico, el Comité de Admisiones determina si el candidato es aceptado, siempre de acuerdo con los requerimientos derivados de la condición de Centro Adscrito y con el volumen de demanda de plazas.
 

4.2 Criterios de acceso y condiciones o pruebas de acceso especiales (CES CARDENAL CISNEROS)

  • Alumnos que hayan superado las pruebas de acceso a la Universidad o equivalentes.
  • Alumnos que reúnan los requisitos exigidos para acceder a la Universidad en los sistemas educativos de países miembros de la Unión Europea, incluidos los poseedores del Bachillerato Europeo, los del título de Bachillerato Internacional, los procedentes del sistema educativo suizo y los alumnos procedentes del sistema educativo chino, además de los sistemas educativos de Islandia, Noruega y Liechtenstein, sin perjuicio de las pruebas específicas que puedan exigirse para el acceso a determinadas enseñanzas.
  • Alumnos en posesión de una titulación universitaria (Graduado, Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero) o equivalente.

Se considera como requisito imprescindible para el acceso un nivel mínimo de castellano que permita el adecuado seguimiento de las actividades docentes.

Este nivel se presupone para estudiantes procedentes de países donde el castellano sea lengua oficial. En caso contrario, el estudiante debería acreditar un nivel B2 como mínimo mediante certificado expedido por alguno de estos organismos: Instituto Cervantes, Escuela Oficial de Idiomas, Centro Complutense para la Enseñanza del Español (CCEE), Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), o cualquier otro organismo que autorice la UCM.

Apoyo a estudiantes:
 

4.3 Sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados (FACULTAD DE CC. ECONOMICAS Y EMPRESARIALES)  

La Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales presta especial atención al estudiante de nuevo ingreso, ya que consideramos fundamental la atención desde los primeros días de clase. Por este motivo, se organizará un acto de bienvenida para los estudiantes de primer curso.

Adicionalmente, la Facultad contará con un programa de Mentorías. En él participan alumnos de últimos cursos del Grado, quienes prestan apoyo y orientación a los estudiantes de primero. Los objetivos concretos del programa son:

- Facilitar la integración de los alumnos en la vida universitaria.

- Contribuir a la difusión de actividades de interés para los alumnos.

- Facilitar información y orientación en cuestiones académicas y administrativas.

También se realizarán reuniones anuales con los alumnos de tercer curso, para informarles sobre cuestiones específicas de tercer y cuarto cursos del Grado: menciones, Trabajo Fin de Grado, y prácticas profesionales.

Finalmente, el Equipo de Dirección de la UCM considera que la Universidad, además de ser un centro de excelencia académica e investigadora, tiene el deber de abrirse a las problemáticas sociales internas y de su entorno social, de ahí que una de las líneas directrices de su Programa de Gobierno sea la necesidad de impulsar permanentemente medidas concretas que favorezcan la integración y la igualdad real de oportunidades de las personas con discapacidad en la UCM.

En coherencia con ello, el 3 de diciembre de 2003 se creó la Oficina para la Integración de Personas con Discapacidad (OIPD) con el fin de conocer la situación de este colectivo y realizar las acciones oportunas que permitan su acceso a la educación superior en igualdad de condiciones y su plena integración dentro de nuestra comunidad universitaria.

Una de estas acciones ha sido la creación en la Facultad de Económicas y Empresariales de la UCM de la Oficina para la Integración de Personas con Discapacidad. Es ahí donde se presta:

- Atención, información y orientación en el ámbito personal, profesional y social.
- Asesoramiento relativo a adaptaciones académicas y ayudas técnicas, así como sobre la orientación y adecuación de las mismas.
- Información sobre becas y prestaciones sociales.
- Apoyo en la gestión de prácticas externas y en inserción laboral a los estudiantes que lo soliciten, en colaboración con el Centro de Orientación e Información de Empleo (COIE) de la UCM.
- Soporte y apoyo en la realización de Pruebas de Acceso a la Universidad.

La OIPD de la UCM también mantiene contactos permanentes con los Centros de Enseñanzas Medias de la Comunidad de Madrid con el fin de conocer las necesidades de los estudiantes de nuevo ingreso y:

- Realiza actividades de sensibilización de la comunidad universitaria para posibilitar el trato normalizado de todos sus integrantes.
- Fomenta el apoyo a las personas con discapacidad a través del Programa de Colaboración en Actividades de Atención a la Discapacidad en los Centros de la UCM.
- Mantiene contactos e intercambia experiencias con los servicios homólogos de otras universidades para mejorar la atención a las personas con discapacidad en la Universidad Complutense.
- Se coordina con todos los Servicios de la UCM, en especial con los Servicios de Prevención, Obras, Orientación Laboral, Acción Social y Oficina para la Igualdad de Género en pos de una mejora en la accesibilidad de las personas con discapacidad a la Universidad.
- Promueve el voluntariado Social en la UCM, con el fin apoyar a las personas con discapacidad de la comunidad universitaria.
- Mantiene contacto y coordinación con las administraciones, asociaciones, federaciones, fundaciones y plataformas representativas de los distintos tipos de discapacidad, que desarrollen programas y servicios relacionados, en general, con la misma y, específicamente, la universitaria.

En lo que respecta al inglés, también se dan facilidades para hacer cursos más baratos con el Centro Superior de Idiomas Modernos (CSIM) de la UCM.

 

4.3 Sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados (CES CARDENAL CISNEROS)

Con el estudiante de nuevo ingreso el CES Cardenal Cisneros tiene un trato especial, ya que es un estudiante recién llegado y se considera que la presentación el primer día de clase es fundamental. Por este motivo, se organizará la Jornada de Presentación a los Estudiantes de Primero. Dicha Jornada consiste en la visita en el aula del estudiante de varias personas (profesores del CES Cardenal Cisneros, personal de Biblioteca, estudiantes en cursos más avanzados y alguna autoridad académica) con el objetivo de situar al estudiante en la titulación que ha elegido, el centro donde va a cursar sus estudios durante varios años y los recursos con los que cuenta.

Otro sistema de apoyo y orientación para los estudiantes que tiene el CES Cardenal Cisneros es el de Asesorías Académicas. En él participan  un conjunto amplio de profesores del Centro que tienen el objetivo atender a los estudiantes para evaluar sus  posibles problemas b) organizar sus necesidades; c) hacer un ¿Mapa de recursos del Centro¿ y actividades complementarias que les sirva de guía y d) orientarles sobre materias y asignaturas.


4.3 Sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados (CUNEF)

Las alumnas y los alumnos del Colegio Universitario de Estudios Financieros (CUNEF), tienen a su disposición todos los medios de apoyo y orientación que les proporciona el ser alumnos de pleno derecho de la Universidad Complutense de Madrid (UCM).

El Departamento de Atención al Alumno y Orientación Académica proporciona los medios para atender, de forma individual o colectiva, las incidencias que las alumnas y alumnos presenten ofreciendo orientación académica y garantizando el seguimiento de aprendizaje en el Centro. Una inquietud permanente de éste Departamento, así se lo han encomendado los Órganos de Gobierno de CUNEF, es evitar que puedan darse situaciones de discriminación por razones de discapacidad, género, raza o credo en las relaciones entre los colectivos, y en el interior de ellos, que integran la institución.

Proporcionamos asistencia personal al estudiante para ayudarle a establecer su plan de aprendizaje y a desarrollar competencias para integrarse con éxito en el entorno universitario y orientación sobre la organización del trabajo y la gestión del tiempo para obtener un mejor rendimiento académico.

Para los estudiantes de nuevo ingreso, y con el fin de facilitar su incorporación, el Departamento organiza una ¿Jornada de Acogida¿, a la que se invita de forma personal a los estudiantes.

Dos veces al año se celebra una reunión con los delegados y delegadas de todos los grupos con la finalidad de recoger sus sugerencias, propuestas y quejas.

El Centro ofrece clases de apoyo en todas las materias que presenten una especial dificultad (matemáticas, contabilidad, etc.).

Con la finalidad de promover y facilitar la movilidad internacional de nuestras alumnas y alumnos, CUNEF posibilita que puedan cursar, a lo largo de sus estudios de grado, una serie de materias impartidas en inglés.

 

4.3 Sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados (RCU MARIA CRISTINA)

Una vez matriculados, los alumnos tienen un tutor académico que les orienta a lo largo de su carrera universitaria.

Además, en la página web del Centro y a través de la plataforma educativa Moodle, los alumnos reciben una atención continuada en sus estudios.

Por último, los programas de las asignaturas, al ser los mismos que los de la Universidad Complutense de Madrid, están disponibles en la página WEB del Centro y en la página WEB de la UCM.

 

4.3 Sistemas de apoyo y orientación de los estudiantes una vez matriculados (CES VILLANUEVA)

Procedimientos y actividades de acogida

Curso Cero

Los alumnos que se incorporan por vez primera  al CES Villanueva asisten a un Curso Cero que se imparte en las dos primeras jornadas lectivas del curso académico y cuyo objetivo principal es introducir a los estudiantes en la dinámica del trabajo universitario y las especificidades de sus planes de estudio. Se trata, por tanto, de un curso introductorio mediante el cual el Centro Universitario Villanueva persigue facilitar la incorporación de los alumnos a la vida universitaria.

Evaluación de habilidades y competencias de estudio

Durante el transcurso del Curso Cero los alumnos realizan, además, diferentes pruebas de habilidades y competencias de estudio, diseñadas y dirigidas por el Departamento de Orientación Pedagógica. El objetivo de las mismas es obtener información general sobre el nivel y capacidades de cada grupo de alumnos (capacidad de análisis y relación, comprensión y elaboración de ideas complejas, etc.) con objeto de detectar carencias que puedan ser resueltas mediante una acción tutorial personalizada o, en caso de tener carácter general, mediante cursos de técnicas de estudio adaptados al ámbito universitario.

Cada curso tiene asignado un profesor-tutor que coordina el desarrollo académico y se encarga a su vez de los rendimientos teóricos y prácticos de los alumnos.

Por otra parte, cada alumno dispone de un asesor personal que le ayuda, mediante entrevistas periódicas, a personalizar las dificultades y los progresos académicos. Además, le orienta sobre su óptima adecuación profesional y los métodos de estudio y de trabajo, contribuyendo a la mejor consecución de sus fines universitarios y profesionales de manera individualizada y sistemática.

Los ratios actuales son de 35 alumnos por tutor y 15 por asesor.

Para facilitar a los alumnos toda la información relativa a los créditos cursados y pendientes, a la que pueden acceder a través de la Estumail de la Universidad Complutense, el CES Villanueva cuenta con herramientas informáticas propias que convierten la información de la UCM a un sistema propio, de manera que los alumnos pueden acceder a la misma a través de la intranet del Centro.

Finalmente, el CES Villanueva, al igual que el Equipo de Dirección de la UCM, considera que la Universidad, además de ser un centro de excelencia académica e investigadora, tiene el deber de abrirse a las problemáticas sociales internas y de su entorno social, de ahí que una de las líneas directrices de su Programa de Gobierno sea la necesidad de impulsar permanentemente medidas concretas que favorezcan la integración y la igualdad real de oportunidades de las personas con discapacidad en la UCM.

Por ello, el CES Villanueva ha nombrado un responsable que mantiene relación con la Oficina para la Integración de Personas con Discapacidad (OIPD) de la UCM, con el fin de conocer la situación de este colectivo y realizar las acciones oportunas que permitan su acceso a la educación superior en igualdad de condiciones y su plena integración dentro de nuestra comunidad universitaria.

 

Sistemas de transferencia y reconocimiento de créditos:
Reconocimiento de Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales No Universitarias.
Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios.
Reconocimiento de Créditos Cursados por Acreditación Experiencia Laboral y Profesional.
Descripción:

Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 18 de octubre de 2011 por el que se aprueba la modificación del Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de créditos (publicado en el BOUC nº 15 de 15 de noviembre de 2010).

REGLAMENTO SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LAS ENSEÑANZAS DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, establece en su artículo 6.1 que las Universidades deberán elaborar y hacer pública su Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos, con sujeción a los criterios generales que la Normativa establece, con el objeto de hacer efectiva la movilidad de estudiantes, dentro y fuera del territorio nacional.

Esta reglamentación se redacta, asimismo, a la vista del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, en el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, que modula algunos elementos de la regulación del reconocimiento de créditos. La función esencial que tiene esta Normativa es garantizar el derecho a la movilidad de los estudiantes, tanto dentro de la propia Universidad, como entre otras del sistema universitario español y de los integrados en el Espacio Europeo de Educación Superior.

En desarrollo de este artículo, el Consejo de Gobierno de la Universidad Complutense de Madrid, a propuesta del Consejo de Dirección, previa aprobación de la Comisión de Estudios, aprueba el presente Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en las enseñanzas de Grado y Máster de la UCM.

Artículo 1.- Objeto

El presente Reglamento tiene como objeto regular los procedimientos de reconocimiento y transferencia de créditos de aplicación en las enseñanzas de Grado y Máster de la Universidad Complutense de Madrid.

CAPÍTULO I: Reconocimiento de créditos

Artículo 2.- Reconocimiento de créditos

El reconocimiento de créditos supone la aceptación por la UCM de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales de la UCM o de otra Universidad, o el proporcionar efectos académicos a actividades que, de acuerdo con la Normativa de la UCM, dispongan de carácter formativo para el estudiante. Los créditos reconocidos computarán ¿en los porcentajes que dependiendo de su origen se, establezcan- para la obtención de una titulación de carácter oficial.

Artículo 3. Criterios para el reconocimiento de créditos en enseñanzas de Grado

El reconocimiento de créditos desde la titulación de origen del estudiante se realizará a la enseñanza oficial de Grado que se solicite, conforme a los siguientes criterios, que deberán tener su reflejo en la Memoria del título de grado correspondiente:

a. Cuando el título pertenezca a la misma rama de conocimiento serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a la formación básica de esa rama.

b. Asimismo, serán objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en otras materias de formación básica que pertenezcan a la rama de conocimiento del título para el que se solicite el reconocimiento, no pudiendo superarse el total de créditos de Formación Básica del título solicitado.

c. En el resto de los supuestos, el reconocimiento de créditos se realizará siempre en función de las competencias y conocimientos asociados a los créditos cursados por el estudiante y los previstos en el plan de estudios para el que se pretenda su reconocimiento, o bien, cuando tengan carácter transversal.

d. El Trabajo Fin de Grado no podrá ser objeto de reconocimiento, al estar orientado a la evaluación de las competencias específicas asociadas al título de Grado correspondiente de la UCM.

e. El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral de análogo nivel y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyan el plan de estudios. El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.

f. El reconocimiento de créditos a los estudiantes de titulaciones de Grado por la realización de actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantiles, solidarias y de cooperación se regulará por lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno con fecha 15 de julio de 2010 y publicado en el BOUC el día 10 de septiembre de 2010.

Artículo 4.- Criterios para el reconocimiento de créditos en enseñanzas de Máster

1. El reconocimiento de créditos desde la titulación de origen del estudiante se realizará a la enseñanza oficial de Máster que se solicite, conforme a los siguientes criterios:

a. Podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a asignaturas superadas entre enseñanzas oficiales de Máster, en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas de origen y las previstas en el plan de estudios del título de Máster Universitario para el que se solicite el reconocimiento de créditos.

b. Se podrán reconocer créditos obtenidos en enseñanzas oficiales de Licenciatura, Ingeniería Superior o Arquitectura, enseñanzas todas ellas anteriores al R.D. 1393/2007, siempre y cuando procedan de asignaturas vinculadas al segundo ciclo de las mismas y atendiendo a la misma adecuación de competencias.

c. Se podrán reconocer créditos cursados en enseñanzas oficiales de Doctorado reguladas tanto por el R.D. 1393/2007 como por los anteriores R.D. 185/1985 R.D. 778/1998 y R.D. 56/2005, teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas cursadas por el estudiante y los previstos en el Máster Universitario que se quiera cursar.

d. El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de experiencia profesional o laboral de análogo nivel y de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 por ciento del total de créditos que constituyan el plan de estudios. El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación de los mismos por lo que no computarán a efectos de baremación del expediente.

e. El Trabajo Fin de Máster no podrá ser objeto de reconocimiento, al estar orientado a la evaluación de las competencias específicas asociadas al título de Máster correspondiente de la UCM.

2. El reconocimiento de créditos no podrá superar el 40% de los créditos correspondientes al título de Máster para el que se solicite el reconocimiento.

Artículo 5.- Efectos del reconocimiento de créditos.

1. En el proceso de reconocimiento quedarán reflejados, de forma explícita, el número y tipo de créditos ECTS que se le reconocen al estudiante, conforme a los contenidos y competencias que queden acreditados, y aquellas asignaturas que no deberán ser cursadas por el estudiante.

2. En el expediente del estudiante las asignaturas figurarán como reconocidas, con la calificación correspondiente. Esta calificación será equivalente a la calificación de las asignaturas que han dado origen al reconocimiento. En caso necesario, se realizará la media ponderada cuando varias asignaturas de origen conlleven el reconocimiento de una única asignatura de destino.

3. No serán susceptibles de reconocimiento los créditos de asignaturas previamente reconocidas o convalidadas.

CAPÍTULO II: Transferencia de créditos

Artículo 6.- Transferencia de créditos

Ateniéndonos al R.D. 1393/ 2007, modificado por el R.D. 861/ 2010, la transferencia de créditos implica que en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas de Grado y Máster de la UCM, seguidas por cada estudiante, se incluirá la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la UCM u otra Universidad, cuando esos estudios no hayan conducido a la obtención de un título oficial. No se incluirán entre estos créditos los que hayan sido objeto de reconocimiento.

Artículo 7.- -Efectos de la transferencia de créditos.

1. La transferencia de créditos se realizará consignando el número de créditos y la calificación obtenida en las asignaturas superadas en otros estudios universitarios oficiales no finalizados.

2. En ningún caso los créditos objeto de transferencia computarán a efectos de media del expediente académico.

3. La transferencia de créditos será otorgada por la Secretaría General de la Universidad a la vista de la documentación aportada por el estudiante y se incorporará a su expediente académico.

CAPÍTULO III: Competencia y procedimiento para el reconocimiento de Créditos

Artículo 8.- Órgano competente para el reconocimiento de créditos en enseñanzas de Grado y Máster

1. Las solicitudes de reconocimiento de créditos serán resueltas por el Decano/a o Director/a del Centro al que se encuentren adscritas las enseñanzas de Grado y

Máster, para las que se solicita el reconocimiento de créditos, previo informe de la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de créditos del Centro.

2. La Comisión de Estudios de la Universidad velará por el correcto funcionamiento de las Comisiones de Reconocimiento y Transferencia de cada Centro, atenderá las dificultades que pudieran surgir en los procesos de reconocimiento y transferencias y validará las tablas de reconocimiento de créditos.

Artículo 9.- Procedimiento de reconocimiento de créditos

1. Los alumnos podrán solicitar el reconocimiento de créditos conforme a lo establecido en el presente Reglamento en las fechas que específicamente se establezcan por la UCM.

2. La solicitud deberá presentarse en el Centro al que se encuentre adscrito el título oficial para el que se solicite el reconocimiento y se acompañará de toda la documentación que acredite el contenido y competencias de las asignaturas por las que se solicite el reconocimiento. Los solicitantes que sean o hayan sido alumnos de la UCM no estarán obligados a aportar la documentación que ya obre en poder de la Universidad.

En el caso del reconocimiento por actividades laborales se deberán valorar las funciones ejercidas por el estudiante y cómo han repercutido en su formación.

Dichas funciones deberán ser debidamente acreditadas. En todo caso, se aportará, el Informe de la vida laboral.

3. La eficacia del reconocimiento de créditos en estudios de Grado y Máster quedará, en todo caso, condicionada al abono completo de todos los conceptos económicos recogidos en la matrícula del alumno en el curso académico correspondiente.

4. El coste de la matrícula por la incorporación de los créditos reconocidos por el presente procedimiento se ajustará a lo establecido en materia de reconocimiento de créditos, teniendo en cuenta el Decreto de Precios Públicos que anualmente establezca el Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Artículo 10.- Recursos

Contra las resoluciones del Decano/a o Director/a del Centro se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes.

Artículo 11. ¿ Tablas de Reconocimiento de créditos

Los Centros elaborarán tablas de reconocimiento de créditos que serán públicas y que permitirán a los estudiantes conocer con antelación las asignaturas, materias o módulos susceptibles de reconocimiento. Estas tablas serán remitidas a la Comisión de Estudios de la Universidad Complutense al finalizar cada curso académico, debiendo actualizarse periódicamente con los reconocimientos nuevos que se hayan tramitado y aprobado. Cualquier modificación de estas tablas será puesta en conocimiento de la Comisión de Estudios.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Se faculta al Vicerrectorado competente en la materia para interpretar, aclarar y establecer criterios homogéneos para lo dispuesto en el presente Reglamento.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

Todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales cursados en cualquier Universidad, los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, serán incluidos en su expediente académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Se derogan todas las disposiciones de igual o inferior rango que contradigan lo dispuesto en este Reglamento

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA UCM.

 

Adicionalmente, la Normativa de Reconocimiento de Créditos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales aprobada en Junta de Facultad el 18 de diciembre de 2014 recoge que el reconocimiento de créditos por experiencia profesional en el Grado la realizará la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la Facultad en función de las competencias y conocimientos asociados a la experiencia laboral del estudiante y los previstos en el plan de estudios.

El reconocimiento será de asignaturas sin un marcado carácter teórico, y que presenten el carácter experiencial que se debe valorar. El reconocimiento repercute sobre la asignatura de Prácticas Externas (12 ECTS), y desde 12 ECTS a 30 ECTS sobre asignaturas relacionadas con la experiencia laboral efectiva y en función de las horas acreditadas por el alumno.El Trabajo Fin de Grado no podrá ser objeto de reconocimiento.

En el proceso de reconocimiento quedarán reflejados, de forma explícita, el número y tipo de créditos ECTS que se le reconocen al estudiante, conforme a los contenidos y competencias que queden acreditados.

A continuación, se incorporan las materias del plan de estudios afectadas por el reconocimiento de créditos, la definición de la experiencia profesional reconocida y la justificación en términos de competencias. Para ello, se incorpora la siguiente tabla y adicionalmente se indica el procedimiento que sigue la Comisión de Reconocimiento de Créditos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

Tipo de experiencia profesional reconocida*

Materia del plan de estudios

Competencias específicas que debería acreditar

Créditos a reconocer**

Experiencia profesional en el área de marketing, ventas, comercialización, distribución, o similar

Prácticas externas

CE1, CE2, CE3, CE4, CE5, CE6, CE7, CE8

12 ECTS

Dirección comercial

Comunicación y distribución

CE2, CE3, CE6, CE7

A partir de 12 ECTS hasta 30 ECTS

Experiencia profesional en el área de contabilidad, auditoría, o similar

Prácticas externas

CE1, CE2, CE3, CE4, CE5, CE6, CE7, CE8

12 ECTS

Empresa

Contabilidad para usuarios externos

Contabilidad para usuarios internos

CE1, CE2, CE3, CE4, CE5, CE6, CE7

A partir de 12 ECTS hasta 30 ECTS

Experiencia profesional en el área de finanzas, inversión, o similar

Prácticas externas

CE1, CE2, CE3, CE4, CE5, CE6, CE7, CE8

12 ECTS

Dirección financiera

Mercados financieros y riesgos

Gobierno de la empresa

CE1, CE3, CE4, CE5, CE6, CE7

A partir de 12 ECTS hasta 30 ECTS

 

Experiencia profesional en áreas de recursos humanos, organización, calidad, producción, o similar

Prácticas externas

CE1, CE2, CE3, CE4, CE5, CE6, CE7, CE8

12 ECTS

Empresa

Organización y recursos humanos

Dirección de empresas

Dirección de operaciones y tecnología

CE1, CE2, CE3, CE4, CE5, CE6, CE7

A partir de 12 ECTS hasta 30 ECTS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

*En este procedimiento se contemplan las actividades sujetas a un contrato laboral, explícitas en el Informe de Vida Laboral, y avaladas por el empleador.

** La totalidad de los créditos a reconocer para cada estudiante en ningún caso superará el 15% del total de la titulación.

El reconocimiento se basará en la solicitud motivada del estudiante, en la cual se demostrará la capacidad del mismo para analizar su propia práctica y relacionarla con las competencias específicas de la/s asignatura/s para las que solicita el reconocimiento.

Dicha solicitud se acompañará de toda la documentación que acredite el contenido y competencias de la actividad por las que se solicite el reconocimiento. La Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos del Centro valorará las funciones ejercidas por el estudiante y cómo han repercutido en su formación. Dichas funciones deberán tener un suficiente nivel de acreditación por el empleador.

 

Curso de adaptación para titulados:
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