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Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT)

  • Graduado o Graduada en Publicidad y Relaciones Públicas por la Universid... - [Universidad Antonio de Nebrija]
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Acceso y admisión de estudiantes

Sistemas de información previo:
Requisitos de acceso y criterios de admisión:
Descripción:
4.2. Requisitos de Acceso y Criterios de Admisión

Acceso

La Universidad Nebrija, además de cumplir con las condiciones de acceso a los estudios de grado de acuerdo a la legislación vigente, exige la superación de unas pruebas de acceso propias, tanto para las titulaciones de grado como para las de postgrado.

Asimismo, la Universidad Nebrija respeta lo establecido en el Artículo 13 del RD 1892/2008 y en sus modificaciones posteriores acerca de la superación de la prueba de acceso a la universidad:

¿1. El acceso a la universidad española, tanto pública como privada, para cursar las enseñanzas conducentes a la obtención de los distintos títulos de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado con validez en todo el territorio nacional, requerirá, con carácter general, la superación de la prueba a la que se refiere el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se regula en el presente real decreto, sin perjuicio de los otros supuestos previstos en el artículo 3 del presente real decreto.¿

Pueden solicitar la admisión en primer curso los estudiantes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones académicas:

  • Alumnos procedentes de 2º de Bachillerato y Selectividad o COU y Selectividad.
  • Alumnos que hubieran finalizado sus estudios de enseñanza secundaria en el extranjero y tengan acceso a la Universidad de su país (para los países miembros de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o aquellos con los que se haya suscrito acuerdo de reconocimiento de títulos).
  • Alumnos que hubieran finalizado sus estudios de enseñanza secundaria en el extranjero y hayan superado la Selectividad para Extranjeros (resto de los sistemas educativos).
  • Alumnos que se encuentren en posesión de los títulos de Técnico Superior correspondientes a las enseñanzas de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas o de Técnico Deportivo Superior.

En el caso de acceso desde ciclos formativos superiores de formación profesional, los ciclos formativos superiores recomendados para acceder al grado serán los que a continuación se indican .

  • Gestión Comercial y Marketing
  • Comercio Internacional
  • Diseño y producción editorial
  • Administración y finanzas
  • Información audiovisual y espectáculos
  • Servicios al consumidor
  • Las personas mayores de veinticinco años, previo examen, que no reúnan los requisitos previstos en el apartado 2 del 42 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y su posteriores modificaciones
  • Personas mayores de cuarenta años que acrediten su experiencia laboral o profesional y no dispongan de la titulación académica legalmente requerida y las personas mayores de cuarenta y cinco años, previo examen, de acuerdo con lo previsto en el artículo 42.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y su posteriores modificaciones.

Por otro lado, pueden solicitar la admisión en cursos distintos a primero los estudiantes que hayan realizado estudios universitarios en otra universidad española o extranjera y quieran continuarlos en la Universidad Nebrija, o bien quieran comenzar otros distintos de esta Universidad.

Los estudiantes deben presentar el impreso de solicitud de admisión a la Universidad junto con la documentación requerida. La presentación de la solicitud de admisión, junto con el impreso de elección de fecha para la realización de las pruebas de admisión, se realiza personalmente durante una visita a la Universidad o se remite por correo postal a la misma. Igualmente, se puede iniciar el procedimiento de admisión rellenando el formulario de admisión online.

La sección de Información Académica confirma al candidato la recepción de la solicitud impresa u online y le convoca a las pruebas de admisión. El día de la prueba, el candidato debe presentar, si no lo ha hecho con antelación, la siguiente documentación:

  • Fotocopia del expediente académico.
  • Fotocopia del DNI o pasaporte.
  • Dos fotografías tamaño carné.
  • Carta de presentación de un profesor/tutor del centro de procedencia o persona con quien haya tenido contacto académico o profesional.

Asimismo, y conforme a lo establecido en el RD 412/2014, podrán solicitar la admisión a la universidad los siguientes estudiantes:

Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios de Bachillerato o Bachiller procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.

c) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios homologados al título de Bachiller del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en sistemas educativos de Estados que no sean miembros de la Unión Europea con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales para el reconocimiento del título de Bachiller en régimen de reciprocidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 del RD 412/2014.

d) Estudiantes en posesión de los títulos oficiales de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior perteneciente al Sistema Educativo Español, o de títulos, diplomas o estudios declarados equivalentes u homologados a dichos títulos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 del RD 412/2014.

e) Estudiantes en posesión de títulos, diplomas o estudios, diferentes de los equivalentes a los títulos de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior del Sistema Educativo Español, obtenidos o realizados en un Estado miembro de la Unión Europea o en otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, cuando dichos estudiantes cumplan los requisitos académicos exigidos en dicho Estado miembro para acceder a sus Universidades.

f) Personas que hayan superado la prueba de acceso a la universidad de mayores de 25 años.

g) Personas que hayan superado la prueba de acceso a estudios oficiales de Grado para mayores de 40 años, mediante acreditación de experiencia laboral o profesional. Los procedimientos para la admisión por esta vía están reflejados en el ¿POA_9 Procedimiento acceso mayores de 40 años¿

h) Personas que hayan superado la prueba de acceso a la universidad de mayores de 45 años.

i) Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Grado, Máster o título equivalente.

j) Estudiantes en posesión de un título universitario oficial de Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, correspondientes a la anterior ordenación de las enseñanzas universitarias o título equivalente.

k) Estudiantes que hayan cursado estudios universitarios parciales extranjeros o españoles, o que habiendo finalizado los estudios universitarios extranjeros no hayan obtenido su homologación en España y deseen continuar estudios en una universidad española. En este supuesto, será requisito indispensable que la Universidad Antonio de Nebrija les haya reconocido al menos 30 créditos ECTS.

l) Estudiantes que estuvieran en condiciones de acceder a la universidad según ordenaciones del Sistema Educativo Español anteriores a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.

m)  Según Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, en su disposición transitoria única establece no será necesario superar la prueba de evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad en los siguientes supuestos:

a) alumnos que se incorporen a un curso de Bachillerato del sistema educativo definido por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, con materias no superadas de Bachillerato del currículo anterior a su implantación y curse dichas materias según el currículo del sistema educativo anterior.

b) alumnos que obtuvieron el título de Bachiller en el curso 2015-2016 y no accedió a la Universidad al finalizar dicho curso.

En ambos casos, y cuando este alumnado no se presente a la prueba, la calificación para el acceso a estudios universitarios oficiales de grado será la calificación final obtenida en Bachillerato.

¿        En caso de alumnos con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, se evaluará la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.

Admisión

En la Universidad Antonio de Nebrija, se llevarán a cabo los procedimientos de admisión establecidos por la legislación universitaria con particular referencia a los principios rectores del acceso a la universidad española: igualdad, mérito, capacidad, accesibilidad universal y ajuste a los criterios del Espacio Europeo de Educación Superior.

Forma y plazos de presentación de solicitudes de admisión.

Para solicitar la admisión en cualquier estudio universitario oficial de Grado de la Universidad será necesario cumplimentar la correspondiente solicitud de admisión a través de la página web de la Universidad, o bien solicitarla en cualquiera de los campus universitarios dentro de los plazos establecidos por el Departamento de Desarrollo Universitario.

Documentación necesaria para la admisión a los estudios de Grado.

a) Estudiantes con Pruebas de Acceso a la Universidad (procedentes de Bachillerato y pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años): Quienes hayan concurrido a las Pruebas de Acceso a la Universidad deberán aportar:

  • Copia del DNI o documento acreditativo.
  • Tarjeta con la calificación de las Pruebas de Acceso a la Universidad.
  • Certificación académica personal de las calificaciones obtenidas en bachillerato.
  • Tasas de Traslado de Expediente sellada por la Secretaría de la Universidad donde se haya realizado la selectividad.

b) Estudiantes en posesión de un título, diploma o estudio equivalente al título de Bachiller de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad. Titulados y tituladas en Bachillerato Europeo o en Bachillerato Internacional.

  • Copia del Pasaporte o documento acreditativo.
  • Credencial del cumplimiento de los requisitos expedida por la UNED o por el organismo que se determine.
  • Tarjeta de calificación obtenida en las Pruebas de Acceso a la Universidad, en su caso.
  • Acreditación del nivel de B2 en lengua castellana en el caso de estudiantes cuya nacionalidad no se corresponda con países de habla hispana.

c) Estudiantes procedentes de Ciclos Formativos de Grado Superior, Formación Profesional de segundo Grado: Estos estudiantes deberán aportar:

  • Copia del DNI o documento acreditativo.
  • Certificación académica personal con indicación de las calificaciones obtenidas y la calificación numérica final.
  • Título o el resguardo de haber pagado los derechos de expedición del título.
  • En su caso, documento en el que conste el resultado de la Fase Específica de las Pruebas de Acceso a la Universidad.

d) Titulados universitarios:

  • Copia del DNI o documento acreditativo.
  • Certificación académica con las calificaciones de cada una de las asignaturas cursadas y la calificación media final.
  • Título o resguardo de haber pagado los derechos de expedición del título.

En el caso de estudiantes con titulaciones extranjeras homologadas, deberán aportar la siguiente documentación:

  • Copia del Pasaporte, DNI o documento acreditativo.
  • Homologación del título universitario.
  • Equivalencias de notas medias de estudios realizados en centros extranjeros.
  • Acreditación del nivel de B2 en lengua castellana en el caso de estudiantes cuya nacionalidad no se corresponda con países de habla hispana.

e) Estudiantes procedentes de ordenaciones educativas anteriores que no se hayan presentado a la fase general de las Pruebas de Acceso a la Universidad, reguladas en el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre:

  • Estudiantes del COU anterior al curso 1974-75 y estudiantes que hayan superado Bachiller Superior con examen de estado: copia del DNI, libro de calificaciones y la tarjeta de calificación de la fase específica de las Pruebas de Acceso a la Universidad, en su caso.
  • Estudiantes que hayan superado el Bachiller Superior, PREU y la Prueba de madurez: copia del DNI, libro de calificaciones, la tarjeta de la Prueba de madurez y la tarjeta de calificación de la fase específica de las Pruebas de Acceso a la Universidad, en su caso.

f) Estudiantes con reconocimiento parcial de estudios de extranjeros:

Estos estudiantes deberán presentar la siguiente documentación, traducida y legalizada oficialmente, en su caso:

  • Impreso de solicitud de reconocimiento.
  • Copia del Pasaporte o documento acreditativo.
  • Certificación académica acreditativa del nivel y clase de estudios realizados, expedida por el Centro oficial correspondiente, en la que se haga constar, al menos, los siguientes datos: asignaturas cursadas, sus créditos o carga horaria de cada una de ellas, calificación y tabla o baremo de calificaciones.
  • Plan de estudios o cuadro de materias de la titulación a la que pertenecen las asignaturas objeto de reconocimiento, con indicación expresa de la duración de aquellos estudios en años académicos y las asignaturas que lo integran, y con sello original del Centro de procedencia, o en su defecto la documentación solicitada en el procedimiento de reconocimiento de créditos.
  • Programas de las asignaturas, con detalle del contenido y amplitud (horas y créditos) con que han sido cursadas, y con sello original del Centro de procedencia o en su defecto la documentación solicitada en el procedimiento de reconocimiento de créditos.
  • Acreditación del nivel de B2 en lengua castellana en el caso de estudiantes cuya nacionalidad no se corresponda con un país de habla hispana.
  • Equivalencias de notas medias de estudios realizados en centros extranjeros.

 

i) Estudiantes que soliciten admisión por cambio de universidad y/o de estudios. Los estudiantes procedentes de otras Universidades deberán presentar la siguiente documentación:

  • Copia del DNI o documento acreditativo
  • Copias selladas por la universidad de origen de los programas oficiales de contenidos y competencias, o guías docentes, de las diferentes asignaturas superadas o en su defecto la documentación solicitada en el procedimiento de reconocimiento de créditos
  • Certificado académico personal de los estudios universitarios iniciados con nota media en base 10 conforme a lo establecido en el Real Decreto 1125/2003 (BOE 18/09/2003).
  • Fotocopia del BOE donde figure publicado el plan de estudios de la titulación que está cursando.

 

j) Acceso a la Universidad mayores de 45 años.

  • Copia del DNI o documento acreditativo
  • Certificado que acredite la superación de la Prueba de Acceso para Mayores de 45 años (prueba realizada en la Universidad Antonio de Nebrija)

 

k) Acceso a la Universidad mayores de 40 años.

  • Copia del DNI o documento acreditativo
  • Informe positivo tras la valoración en la Universidad Antonio de Nebrija de todos los requisitos establecidos en el art 16 RD 412/2014.

Sólo se llevarán a trámite las candidaturas de aquellos alumnos que hayan presentado la documentación requerida en los plazos establecidos por el Departamento de Admisiones. Además se solicitará al alumno toda la información adicional que se consideré oportuna para conocer la idoneidad del candidato al título de Grado.

Todos los alumnos que desean realizar su titulación universitaria en la Universidad Nebrija deben superar un proceso de admisión consistente en:

  • Evaluación del expediente académico: Con una valoración del 40%
  • Evaluación de los resultados obtenidos en las pruebas de admisión. Estas pruebas que se desarrollan en una jornada - mañana o tarde - tienen una duración aproximada de 2,5 / 3 horas y consisten en:
  • Prueba psicotécnica: 10%
  • Prueba específica de la/s titulación/es elegida/s: 20%
  • Prueba de Nivel de Inglés: 10%
  • Entrevista personal con un profesor de la Universidad: 20%

Los periodos de realización de pruebas son los siguientes:

  • Convocatoria anticipada: Pruebas celebradas en los meses comprendidos entre febrero y mayo.
  • Convocatoria ordinaria: Pruebas celebradas en junio y julio.
  • Convocatoria extraordinaria: Pruebas celebradas en septiembre.

Estas pruebas pueden ser realizadas en Madrid o en provincias, de forma que los estudiantes de la modalidad a distancia pueden optar por cualquiera de las dos opciones. Con carácter general estas pruebas son presenciales:

En Madrid, las pruebas se llevan a cabo en el Campus de la Berzosa y Campus de Dehesa de la Villa. El calendario se establece de la siguiente manera:

  • Martes: Campus de La Berzosa
  • Jueves: Campus de Dehesa de la Villa
  • Sábados: a partir del mes de mayo y hasta la finalización del periodo extraordinario, alternos en ambos Campus.

Los candidatos pueden llevar a cabo las pruebas en ambos campus indistintamente, independientemente de dónde se imparta la titulación para la que presentan su candidatura.

En provincias distintas a Madrid, el Departamento de Promoción y Admisiones se traslada a las ciudades en las que previamente este mismo departamento ha realizado, a lo largo de todo el curso académico, asesoramiento sobre Nebrija en distintos Centros de Educación Secundaria. Estas Pruebas de Admisión constan de una primera ronda en la convocatoria anticipada y de una segunda vuelta en la convocatoria ordinaria, y como son presenciales, se puede garantizar la identidad del candidato mediante la presentación de su DNI. Estas pruebas van acompañadas de una Sesión Informativa para los padres, que corre a cargo de uno de los asesores académicos de  la sección de Promoción y Admisiones.

La totalidad de los documentos entregados por el alumno, junto con el resultado de las Pruebas de Admisión, son valorados por la Comisión de Admisiones, integrada por el Director del Departamento de Desarrollo Universitario, la Directora de Secretaría de Cursos y el Jefe de Estudios de la titulación. En dicha Comisión se valora que los documentos están correctos administrativamente y si el perfil del candidato se adecua al perfil de ingreso la titulación.

Además de cumplir los criterios de acceso legalmente establecidos, indicados  al inicio del punto 4.2., la Comisión de Admisiones aceptará o no la admisión de un alumno teniendo en cuenta los siguientes criterios de admisión:

  • Expediente académico satisfactorio.
  • Resultados obtenidos en las pruebas de admisión, tanto en la específica, como en los psicotécnicos y en su nivel de inglés.
  • Perfil de ingreso razonablemente acorde al recomendado para la titulación.
  • En la entrevista personal se valorará el grado de motivación y la actitud del alumno. Este puede ser también un factor relevante a la hora de admitir o no a un alumno. En la entrevista se puede, además,  orientar al alumno hacia una especialidad concreta o incluso una titulación diferente si se viera que su perfil fuese más acorde. Los coordinadores académicos y profesores de cada titulación mantienen reuniones informativas y entrevistan a los candidatos, al tiempo que supervisan las pruebas específicas (así como su expediente general).

A comienzos de cada curso, los coordinadores académicos se encargan de actualizar las pruebas específicas de cada titulación con el fin de garantizar que los candidatos interesados se ajustan al perfil requerido. Los resultados de las pruebas de admisión se comunican por escrito y/o por teléfono a cada candidato en un plazo aproximado de 3 a 5 días.

Enseñanzas que se imparten en la modalidad a distancia

Los criterios de admisión para el caso de alumnos matriculados en titulaciones impartidas a distancia serán los mismos de la modalidad presencial pero añadirán el siguiente criterio adicional:

Posibilidad real de hacer un seguimiento correcto de las actividades formativas previstas en la titulación solicitada (que podrán tener cierto componente presencial). Esto se valorará durante la entrevista personal, en la cual, el entrevistador, además de todos los criterios de acceso y admisión ya mencionados para la modalidad presencial, valorará si la situación laboral y personal del candidato, su disponibilidad de tiempo, etc. es compatible con el desarrollo normal del proceso y actividades de enseñanza-aprendizaje con la carga docente prevista. Como resultado de este análisis conjunto, que conllevará un intercambio mutuo de información, se podrá orientar al alumno sobre sus posibilidades reales, la carga de matrícula anual recomendada, la presencialidad obligatoria en algunas actividades (exámenes, etc.) o, incluso, en su caso rechazar su candidatura, si se detectara una probable imposibilidad de realizar satisfactoriamente las actividades formativas programadas.

1. Prematrícula 

Una vez comunicada la admisión, los candidatos deben realizar la reserva de plaza. Esta prematrícula económica garantiza la plaza del candidato en la Universidad.  

2. Matrícula

Los candidatos prematriculados que deseen formalizar su matrícula académica en la Universidad deberán, dentro de los plazos señalados, seguir los siguientes pasos:

  • Entrega de documentación: acreditar documentalmente que han superado los requisitos establecidos por la legislación universitaria española para poder comenzar/continuar sus estudios universitarios en la Universidad Nebrija.
  • Formalización del proceso de matrícula vía Internet: El servicio de automatrícula de la página Web de la Nebrija permite a los estudiantes admitidos realizar todos los trámites académicos, económicos y administrativos, sin tener que desplazarse físicamente a la Universidad. Los alumnos admitidos formalizarán su automatrícula en los plazos que se indiquen. Para ello, recibirán en su domicilio, junto con su carta de admisión, la clave de acceso y contraseña personal necesarias para poder realizar su automatrícula académica y económica. Formalizada la automatrícula tras la comprobación de la documentación presentada, el candidato adquiere la condición de alumno de la Universidad Nebrija. En el proceso de automatrícula, el alumno cuenta en todo momento con la asistencia técnica de los Servicios Informáticos, así como con asistencia académica a través del que será su Tutor, para que éste le pueda orientar en la elección de asignaturas.
  • Abono de los derechos de inscripción anual de la titulación para la que resultó admitido. La tasa de reserva de plaza es una parte de los derechos de inscripción anual.

A continuación se recoge la normativa específica para el cambio de modalidad, artículo 7 del Reglamento General del Alumnado:

Reglamento General del Alumnado

     Artículo 7. Cambios de matrícula

Si el alumno, estando matriculado en determinada titulación, materia, opción o programa decidiera cambiar su matrícula, deberá solicitarlo mediante escrito dirigido a la Secretaría de Cursos para su autorización.

Los estudiantes que deseen cambiar la modalidad en la que cursan una titulación, desde la modalidad  presencial a  la modalidad a distancia o viceversa, deberán solicitarlo por escrito a Secretaría de Cursos que lo autorizará o no contando previamente con el informe del Departamento que realizará una entrevista personal con el alumno que desea cambiar de modalidad,  en la cual, el entrevistador, valorará si la situación laboral y personal del candidato, su disponibilidad de tiempo etc. es compatible con el desarrollo normal del proceso y actividades de enseñanza-aprendizaje con la carga docente prevista. Como resultado de este análisis conjunto, que conllevará un intercambio mutuo de información, se podrá orientar al alumno sobre sus posibilidades reales, la carga de matrícula anual recomendada, la presencialidad obligatoria en algunas actividades (exámenes, etc.) o incluso en su caso rechazar su candidatura si se detectara una probable imposibilidad de realizar satisfactoriamente las actividades formativas programadas.

Los criterios objetivos que se utilizarán para autorizar o no el cambio de modalidad serán los siguientes:

  • En primer lugar se verá la disponibilidad de plazas autorizadas en la modalidad de destino. Si el número de candidatos es superior al de plazas disponibles, se aplicarán los siguientes criterios de preferencia para autorizar el cambio de modalidad:
  • Tendrá prioridad el mejor expediente académico valorado mediante la nota media de las asignaturas aprobadas hasta ese momento en la modalidad de origen.
  • Se darán preferencia a continuación a los cambios de residencia debidamente acreditados, que justifiquen la necesidad del cambio de modalidad.
  • Como tercer criterio, se dará prioridad a quienes acrediten modificaciones en la situación laboral que justifiquen la necesidad del cambio de modalidad

Los criterios anteriores se aplicarán para el cambio de modalidad en las dos direcciones.

La autorización surtirá efecto sólo a partir del curso académico siguiente a aquel en el que se solicite el cambio. Entretanto, el alumno tendrá, a todos los efectos, la condición de alumno del programa en el que esté matriculado.

El cambio de opción, programa o modalidad en ningún caso supone derecho alguno del alumno a solicitar el reembolso de cantidad alguna de las ya satisfechas o que viniera obligado a satisfacer.

(1) Pendiente aprobación por parte de Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid el reconocimiento de créditos

Pruebas de Admisión

A efectos de pre admisión y admisión, la evaluación del candidato se efectuará de 0 a 10 puntos teniendo en cuenta los siguientes criterios y porcentajes:

Expediente/certificado académico de la vía de origen del alumno: 60%

Prueba psicotécnica tipo test: Evaluación 5%

Esta prueba consiste en un test de evaluación de personalidad que explora las áreas emocional, intelectual, social y de normas y valores de cada candidato estudiante de Grado en Publicidad y RR.PP. de la Universidad Antonio de Nebrija.

Prueba de nivel de inglés: Evaluación 5%

A las competencias establecidas en el Grado en Publicidad y RR.PP., se ha añadido una relativa al conocimiento adecuado de la lengua inglesa tanto oral como escrita. Las pruebas de nivel de inglés consisten en un examen escrito con preguntas tipo test, de comprensión oral y escrita. Son de carácter presencial u online y se realizan en aulas informáticas de cada campus, con profesores del Instituto de Lenguas Modernas. En función de los resultados de esta prueba, se posicionará al alumno en el nivel correspondiente.

No será necesario que el candidato realice la prueba de posicionamiento de idiomas si entrega documento que acredite el nivel de inglés. Se validará la acreditación del nivel a través de los títulos oficiales establecidos por la tabla de certificados admitidos por ACLES. Válidas por un año. Los alumnos que cursen titulaciones en las que se impartan asignaturas en lengua inglesa deberán tener acreditado un nivel B2 en dicha lengua.

Prueba específica de conocimientos sobre el Grado en Publicidad y RR.PP. Evaluación 10%.

Se realiza tipo test y consta principalmente sobre contenidos específicos de algunas de las principales áreas de conocimiento general (Comunicación y Periodismo) que se van a cursar en la titulación elegida por el candidato, además de otros elementos comunes a todas las titulaciones.

Entrevista personal. Evaluación 20%.

Como estrategia para conocer las características de los aspirantes, desde el departamento académico se tratará de determinar si el candidato posee la suficiente motivación, formación y conocimientos, habilidades, aptitudes, destrezas de comunicación, actividades extracurriculares e intereses de futuro necesarias para ser admitido como estudiante de Grado en Periodismo en la Universidad Antonio de Nebrija.

 

La Comisión de Admisiones se reunirá según necesidades y comunicara el resultado de la admisión al candidato a través de email, teléfono y carta para que pueda proceder a la matriculación

 

Una vez que el alumno ha sido admitido procederá a realizar la matriculación que consta de las siguientes fases:

 

Reserva de plaza

Los candidatos deben realizar la reserva de plaza. Esta pre-matrícula económica garantiza la plaza del candidato en la Universidad.  Estos no se devolverán salvo los alumnos que están admitidos condicionalmente, o no superen los requisitos legales de acceso, o causa médica justificada.

 

Matrícula

Los candidatos pre matriculados que deseen formalizar su matrícula académica en la Universidad deberán, dentro de los plazos señalados, seguir los siguientes pasos:

1.- Entrega de documentación: acreditar que cumple con los requisitos establecidos por la legislación universitaria española para poder iniciar estudios universitarios.

2.- Formalización del proceso de matrícula vía Internet: El servicio de auto matrícula de la página Web de la Nebrija permite a los estudiantes admitidos realizar todos los trámites académicos, económicos y administrativos, en los plazos establecidos.  Para ello, recibirán, junto con su carta de admisión, la clave de acceso y contraseña personal necesarios para poder realizar su auto matrícula. Formalizada la automatrícula el candidato adquiere la condición de alumno de la Universidad Nebrija.

 

Matrícula condicional en estudios de Grado

Aquellos estudiantes con estudios extranjeros no universitarios pendientes de homologación podrán ser admitidos en la Universidad de forma condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Resuelto el procedimiento de homologación, el alumno deberá presentar la documentación que así lo acredite. En caso de no hacerlo, su admisión y matrícula, así como los exámenes realizados, en su caso, quedarán sin efecto.

 

Número máximo y mínimo de créditos de matrícula en estudios de Grado.

Los estudiantes podrán matricularse:

En estudios de Grado de 45 ECTS a un máximo de 90 ECTS por curso académico en el caso de estudio a tiempo completo,  y de un mínimo 12 ECTS  a menos de 45 ECTS para aquellos que cursen su estudio a tiempo parcial.

Estos criterios son aplicables a cualquiera de las modalidades que se imparten en la Universidad Antonio de Nebrija (presencial).

La Dirección del Departamento Académico podrá autorizar la matriculación en un número diferente de créditos por razones excepcionales.

 

Modificación de matrícula

Se entiende por modificación de matrícula cualquier cambio que se produzca en la matrícula de un estudiante.

Si el alumno, estando matriculado en una determinada titulación, materia, opción o programa decidiera cambiar su matrícula, deberá solicitarlo mediante escrito dirigido a la Secretaría de Cursos para su autorización. Dichas solicitudes deberán ser aprobadas por el Departamento Académico.

Se establece un plazo máximo de 15 días después del comienzo efectivo del curso académico y/o del segundo semestre para solicitar estos cambios. Superado este plazo, el alumno no podrá realizar cambios en su matrícula.

Si el número de solicitantes excede del número de plazas ofertadas se tomará como criterio de admisión el expediente académico del estudiante (nota media).

Por tanto, todo aquel interesado en acceder a los estudios del Grado en Publicidad y RR.PP. deberá presentar, sin excepción, su expediente académico pues será la nota media del mismo la que decida su admisión en el Grado, en el caso de que el número de solicitudes supere al número de plazas ofertadas.

Una vez se completen las plazas, en el caso de haber más interesados en acceder, estos quedarán en lista de espera ante posibles vacantes que puedan surgir antes del comienzo de curso, aplicándose los criterios de admisión y selección detallados en el punto 4 para el resto de solicitantes.

 

Apoyo a estudiantes:
4.3. Apoyo y orientación a estudiantes, una vez matriculados

Como ya hemos comentado, la Universidad Antonio de Nebrija organiza para los alumnos de nuevo ingreso, antes del comienzo oficial de las clases, un Curso de introducción y adaptación a la Universidad. En estas jornadas se introduce al alumno en la estructura de la Universidad y en el estudio de la titulación que han decidido cursar. Asimismo, se complementa con formación específica de apoyo a sus futuras asignaturas del primer curso y presentaciones en las que diferentes departamentos de la Universidad explican su funcionamiento y accesibilidad. Durante este curso se presenta a los alumnos al profesor que será su Tutor, generalmente un profesor a tiempo completo del departamento académico responsable de la titulación.

Los estudiantes, una vez matriculados, contarán con un tutor por cada grupo que se encargará de hacer un seguimiento personalizado de la evolución académica de todos los alumnos. Esta tarea es especialmente importante en el inicio del primer curso, cuando los alumnos acaban de incorporarse a la Universidad.

La Guía de Actividad Docente (Anexo Sistema de Garantía de Calidad) de la Universidad Antonio de Nebrija, describe las funciones de los tutores. A continuación se transcribe el apartado referente a los tutores:

3.3. Tutores

 El Director del Departamento o el Jefe de Estudios designa el tutor/a de cada grupo al comienzo de curso. Sus funciones son las siguientes:

1) Ser un referente real para cada alumno. La responsabilidad del tutor es dar ejemplo, animar, estimular y dirigir el aprendizaje de sus tutorados. En el día a día debe aclarar dudas, orientar esfuerzos, transmitir la idea de la solidez de la enseñanza y de la institución.

Asimismo el tutor deberá reunirse de forma individual con sus tutorados tantas veces como fuera conveniente y, al menos, una vez al semestre. Para todo ello el tutor debe comunicar a principio de curso las horas de atención a sus tutorados.

Es importante que los tutores de los estudiantes de tercer y cuarto curso estén en comunicación permanente con el Centro de Asesoramiento Profesional (CAP) para conocer la orientación profesional de los alumnos y las actividades de búsqueda de prácticas que realiza cada uno de sus tutorados.

Por último, cuando así lo estime conveniente, el tutor deberá poner en conocimiento de las familias de sus tutorados su identidad y teléfono de contacto.

2) Coordinar los temas comunes con todos los profesores del grupo. En este sentido debe mantenerse informado por el resto de los profesores del grupo y tomar las medidas oportunas, en su caso, sobre posibles incidencias como faltas reiteradas de asistencia, bajo rendimiento, etc.

A su vez, debe informar a sus tutorados sobre las recomendaciones que las Reuniones de Coordinación y Evaluación Académica han hecho sobre su aprendizaje, su rendimiento y su actitud en las diferentes asignaturas y actividades.

3) Facilitar la comunicación de los Directores de Departamento, Jefes de Estudio y de la Secretaría de Cursos con los estudiantes. Este profesor informa a los estudiantes de las comunicaciones urgentes (conferencias, seminarios, etc.).

La libertad de acción del tutor para cumplir sus responsabilidades es amplia, responsabilizándose ante el Director de Departamento / Jefe de Estudios y siempre bajo su supervisión.

Se recomienda al profesorado realizar esta función tutorial para participar con mayor intensidad en la motivación, la generación de expectativas y los logros de sus estudiantes.

Dentro del Departamento de Atención Integral al Alumno, se ha creado recientemente el Servicio de Orientación al Estudiante cuyo objetivo es prestar ayuda a cualquier miembro de la Comunidad Universitaria que en determinado momento pueda encontrarse en una situación que sienta difícil de superar sin apoyo.

¿        Ofrece la posibilidad de expresar y comentar la situación personal a un psicólogo/psicopedagogo con experiencia que puede aconsejar al estudiante, valorando si se trata de un problema menor o si puede requerir más intervención especializada y seguimiento, todo ello garantizando la total confidencialidad y reserva.

¿        Se accede por derivación del tutor del grupo, que es generalmente la persona con la que el estudiante tiene el contacto diario y que puede detectar la necesidad de asesoramiento psicológico más allá de lo que éste pueda proporcionarle.

Además de los tutores y de los miembros del Servicio de Orientación al Estudiante, los estudiantes contarán con el apoyo de la Secretaría de Cursos General para temas administrativos, de horarios, matriculación, etc. También, con la Secretaría Académica de la Facultad, con el Director de la titulación, la Vicedecana y el Decano. Asimismo, podrán ayudarles en todo lo necesario, una vez matriculados, el Departamento de Sistemas y Servicios Informáticos, el Departamento Internacional, el Departamento de Infraestructuras y Servicios o, entre otros, el Departamento de Promoción y Admisiones.

Además de los tutores de cada grupo, los estudiantes contarán con el apoyo de la Secretaría de Cursos General para temas administrativos, de horarios, matriculación, etc. También, con la Secretaría de la Facultad, con el coordinador de la titulación, la Vicedecana y el Decano. Asimismo, podrán ayudarles en todo lo necesario, una vez matriculados, el Departamento de Sistemas y Servicios Informáticos, el Departamento de Infraestructuras y Servicios o, entre otros, el Departamento de Desarrollo Universitario.

Enseñanzas que se imparten en la modalidad a distancia

En relación a la modalidad de enseñanza a distancia, se ha creado una plataforma dentro de la organización de la Universidad para dar el apoyo necesario a esta modalidad: Nebrija Global Campus (NGC). Esta estructura tiene como objetivo potenciar un modelo didáctico mediado a través de plataforma virtual. El trabajo colaborativo permitirá al alumno participar en todo momento en su proceso de aprendizaje, desarrollándose como profesional y como persona. En el Anexo VI puede verse una breve descripción de la estructura de Nebrija Global Campus.

Dentro de esta organización se encuentre el Gestor de proyectos del Grado en Publicidad y RR.PP. de la modalidad de enseñanza a distancia, que será el responsable de dar apoyo administrativo y actuar como enlace con el resto de departamentos que dan soporte a los estudiantes una vez matriculados.

Además los alumnos participarán en una Sesión de Bienvenida en el Campus Virtual, en la se familiarizan con las herramientas de interacción del campus virtual y su uso.

Por otro lado, el alumno tendrá a su disposición un profesor tutor, cuya labor es dar asistencia académica y personal a los estudiantes para la consecución de los objetivos del curso. Para ello el tutor dispone de las siguientes herramientas:

- Foros a través del Campus Virtual

- El correo electrónico

- Asistencia telefónica en horario prefijado

- Comunicación telepresencial a través de la herramienta Blackboard Collaborate que permiten la visualización directa entre profesor y alumno o la visualización de documentos

Sistemas de transferencia y reconocimiento de créditos:
Reconocimiento de Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales No Universitarias.
Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios.
Reconocimiento de Créditos Cursados por Acreditación Experiencia Laboral y Profesional.
Descripción:
Sistema de transferencia y reconocimiento de créditos.

A los efectos prevenidos en la legislación vigente y de aplicación, con el objetivo de hacer efectiva la movilidad de estudiantes, se entiende por reconocimiento la aceptación por parte de la Universidad Antonio de Nebrija de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en ésta u otra Universidad, son computados en otras distintas a efectos de obtención de un título oficial. 

 

Reconocimiento de Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales No Universitarias

Mínimo

0

Máximo

36

Reconocimiento de Créditos Cursados en Títulos Propios

Mínimo

0

Máximo

36

Reconocimiento de Créditos Cursados por Acreditación Experiencias Laboral y Profesional

Mínimo

0

Máximo

36

 

Conforme señala el art. 13 RD 1393/2007 de 29 de octubre, modificado posteriormente por el RD 861/2010 y por el RD 195/2016, los alumnos matriculados en la Universidad Antonio de Nebrija podrán solicitar reconocimiento o trasferencia de créditos cursados en esta u otra Universidad.

Se entiende por reconocimiento la aceptación por parte de la Universidad Antonio de Nebrija de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en ésta u otra Universidad, son computados en otras distintas a efectos de obtención de un título oficial.

Asimismo la transferencia de créditos implica la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en ésta u otra Universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

Serán objeto de reconocimiento en las nuevas enseñanzas los créditos obtenidos por el estudiante:

  • Aquellos correspondientes a materias de formación básica entre titulaciones que pertenezcan a la misma rama de conocimiento.
  • Aquellos que siendo de formación básica en la titulación a la que se accede procedan de titulaciones de otras ramas de conocimiento.
  • Los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007 de 12 de abril.
  • La experiencia laboral y profesional acreditada siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes al título. En este sentido, se tomarán como criterio académico general los perfiles definidos para el título de modo que serán objeto de reconocimiento la experiencia profesional relacionada con la consultoría en comunicación, con la labor de Planner, la experiencia en el área de cuentas y de servicios al cliente en una consultoría o agencia de publicidad, o en el departamento de comunicación y publicidad, y/o departamento de marketing de un anunciante. La experiencia deberá ser demostrada en estos entornos profesionales habiendo realizado trabajos de planificación de acciones comunicativas de servicios, productos y marcas, gestión de campañas publicitarias y de las RR.PP. Asimismo, serán objeto de reconocimiento profesional la experiencia en el ámbito creativo, en un estudio de diseño o en una agencia de publicidad e interactiva o de comunicación. Deberán ser demostradas funciones relativas a la ideación y materialización de diferentes piezas creativas de campañas de Publicidad y RR.PP. También, será objeto de reconocimiento profesional aquellos estudiantes que demuestren haber trabajado en el área de la planificación de medios y soportes y la investigación de audiencias en una agencia de medios o en el departamento de marketing de un anunciante. Dichos trabajos deberán estar relacionados con la investigación, análisis de la competencia y planificación. Y por último, serán objeto de reconocimientos profesional aquellas personas que demuestren haber realizado trabajos en el área de las RR.PP. en el ámbito de la comunicación interna y de las relaciones con los medios y otros públicos, en el diseño y gestión de acciones específicas de comunicación.

 

Tales perfiles están asociados a competencias específicas y generales que serán tomadas en cuenta para el reconocimiento total de los créditos, de forma que si se solicita el reconocimiento de créditos de una persona que posea experiencia en el campo de la creación se reconocerán sólo un número de créditos equivalente a las materias relacionadas con dicho perfil. Se evitará también el reconocimiento si dicha experiencia por parte del estudiante hubiera sido breve. Por lo tanto la comisión de reconocimiento de créditos valorará un equilibrio entre características de esa experiencia, ámbito donde se ha desarrollado, labores ejercidas y duración de las mismas.como se detalla en la siguiente tabla:

ASIGNATURA

ÁMBITO LABORAL

DURACIÓN

(mínimo en meses)

EXPERIENCIA PREVIA

COMPETENCIAS

Dirección de cuentas, Planificación estratégica: account planning, Marketing y comunicación digital, Campañas integradas en Publicidad y RR.PP

Experiencia en cualquier empresa, institución pública, u organismo gubernamental o no gubernamental vinculada al área de la planificación de acciones comunicativas de servicios, productos y marcas, gestión de campañas publicitarias y de las RR.PP

12 meses

La experiencia profesional vinculada al área de Dirección de Cuentas, de Servicios al Cliente, Planner o ejecutivo de cuentas en Agencias de Publicidad y Agencias Digitales o Asistente de Marca o Producto en Departamentos de Marketing de Anunciantes off y online.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CG 5, 7, 9, 12

CE6, CE20

Diseño publicitario, Diseño gráfico, Creatividad publicitaria, Marketing y comunicación digital, Dirección de arte

Experiencia en cualquier empresa, institución pública, u organismo gubernamental o no gubernamental en el ámbito creativo, en un estudio de diseño o en una agencia de publicidad e interactiva o de comunicación.

12 meses

La experiencia profesional vinculada al área Dirección Creativa, de arte, Copy, diseño Gráfico y Web en Agencias de Publicidad y Agencias Digitales.

 

CG 11

CE7, CE16

 

Investigación de audiencia, Planificación de medios y Laboratorio de medios

Experiencia en cualquier empresa, institución pública, u organismo gubernamental o no gubernamental en el área de la planificación de medios y soportes y la investigación de audiencias en una agencia de medios o en el departamento de marketing de un anunciante

12 meses

La experiencia profesional vinculada al área Planificación y análisis de Medios off y online en Agencias de Medios.

 

CG2, 3, 5, 7, 8, 9, 12, 13

CE4, 5

Opinión pública, Técnicas de las RR.PP, Formación de portavoces y relaciones institucionales, Campañas integradas en Publicidad y RR.PP, Dirección de Comunicación

Experiencia en cualquier empresa, institución pública, u organismo gubernamental o no gubernamental vinculada al área de las RR.PP. en el ámbito de la comunicación interna y de las relaciones con los medios y otros públicos, en el diseño y gestión de acciones específicas de comunicación

12 meses

La experiencia profesional vinculada al área de consultoría de Comunicación en Gabinetes de RR.PP. Experto en Organización de Eventos y Protocolo.

Relacionada con Community Manager, gestión de contenidos de páginas web, comunicación corporativa o dirección de Comunicación.

CG 1, 3, 5, 7, 8, 9, 13

CE 14, 15

  • Los créditos cursados en Ciclos Formativos de Grado Superior. Se recogen en la siguiente lista los ciclos formativos recomendados para acceder a la titulación de Grado en Publicidad y RR.PP., también se considerarían como acceso preferente aquellos ciclos formativos de contenido y orientación similar a los citados a continuación que pudieran aparecer en un futuro. Para todos los Ciclos se establece un reconocimiento mínimo de 6 créditos y un máximo de 50 ECTS* .

- Técnico Superior en Comercio Internacional, en este sentido únicamente se podrá solicitar el reconocimiento ante la comisión de materias tales como Fundamentos del Marketing (6 ECTS), Lenguas Modernas (mínimo nivel B2, 6 ECTS), La empresa y su entorno Marco legal de la Publicidad y las Relaciones Públicas (6 ECTS) y Evaluación de capacidades en la empresa (hasta 12 ECTS, siempre que se acredite experiencia laboral relacionada con el grado, tal y como se ha descrito en el punto d). Estas asignaturas serán objeto de reconocimiento siempre y cuando se cumplan las competencias reflejadas en las guías docentes, que serán estudiadas y cotejadas pormenorizadamente antes del reconocimiento.

- Técnico Superior en Gestión Comercial y Marketing. Se podrá solicitar el reconocimiento de asignaturas como Fundamentos del Marketing (6 ECTS), Lenguas Modernas (mínimo nivel B2, 6 ECTS), La empresa y su entorno Marco legal de la Publicidad y las Relaciones Públicas (6 ECTS), Acciones Below the line (6 ECTS) y Evaluación de capacidades en la empresa (hasta 12 ECTS, siempre que se acredite experiencia laboral relacionada con el grado, tal y como se ha descrito en el punto d). Estas asignaturas serán objeto de reconocimiento únicamente cuando se cumplan las competencias reflejadas en las guías docentes, tras un análisis detallado. 

- Técnico Superior en Diseño y Producción Editorial; se podrá solicitar ante la comisión de reconocimiento de créditos asignaturas tales como Diseño gráfico (6 ECTS), Diseño publicitario (6 ECTS) y Evaluación de capacidades en la empresa (hasta 12 ECTS, siempre que se acredite experiencia laboral relacionada con el grado, tal y como se ha descrito en el punto d). Estas asignaturas serán objeto de reconocimiento únicamente cuando se cumplan las competencias reflejadas en las guías docentes, tras su análisis detallado. 

- Técnico Superior Administración y Finanzas. Se podrá solicitar ante la comisión de reconocimiento de créditos asignaturas tales como La Empresa y su entorno Marco legal de la Publicidad y las Relaciones Públicas (6 ECTS) y Evaluación de capacidades en la empresa (hasta 12 ECTS, siempre que se acredite experiencia laboral relacionada con el grado, tal y como se ha descrito en el punto d). Estas asignaturas serán objeto de reconocimiento únicamente cuando se cumplan las competencias reflejadas en las guías docentes, tras su estudio previo. 

- Técnico Superior Información Audiovisual y Espectáculos. Se podrá solicitar ante la comisión de reconocimiento de créditos la materia de Evaluación de capacidades en la empresa (hasta 12 ECTS, siempre que se acredite experiencia laboral relacionada con el grado tal y como se ha descrito en el punto d). Esta materia será objeto de reconocimiento únicamente cuando se cumplan las competencias reflejadas en las guías docentes, tras su estudio previo. 

- Técnico Superior Servicios al Consumidor. Se podrá solicitar el reconocimiento de créditos ante la comisión la materia de Evaluación de capacidades en la empresa (hasta 12 ECTS, siempre que se acredite experiencia laboral relacionada con el grado tal y como se ha descrito en el punto d). Esta materia será objeto de reconocimiento únicamente cuando se cumplan las competencias reflejadas en las guías docentes, tras su estudio previo.

  • El resto de créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo en cuenta las competencias y los conocimientos asociados a las materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.

El número máximo de créditos de los supuestos c) y d) no podrá ser superior, en su conjunto, al 15% del total de créditos que constituyen el plan de estudios.

Asimismo la transferencia de créditos implica la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en ésta u otra Universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial.

El reconocimiento  de créditos deberá ser instado por el estudiante en el momento de formalizar su matrícula. Excepcionalmente y con autorización explícita se podrá establecer un plazo diferente al mencionado. El estudiante deberá asimismo abonar las tasas que se establezcan al efecto.

Los criterios para el reconocimiento de créditos y su justificación en los supuestos c) y d), se exponen a continuación:

1.- Para los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos a que se refiere el artículo 34.1 de la ley Orgánica 6/201 de 21 de Diciembre de Universidades se aplicarán los criterios siguientes:

1.1.- CRITERIO Nº 1.- Se aplicará el criterio habitual de reconocimiento de créditos, esto es, se procederá al reconocimiento cuando exista una identidad sustancial entre las competencias de la materia cursada en la titulación de origen y las competencias de la materia que se reconoce. Este criterio se justifica por la práctica habitual en el reconocimiento de créditos universitarios.

1.2.- CRITERIO Nº 2.- El número de créditos que sean objeto de reconocimiento a partir de enseñanzas universitarias no oficiales no podrá ser superior al 15% del total de créditos que constituyen el presente plan de estudios -considerando que este porcentaje engloba en su conjunto el reconocimiento de los supuestos c) y d)-. Este criterio se justifica porque así lo establece el mencionado RD 861/2010.

2.- En el caso de reconocimiento por experiencia laboral y profesional acreditada, se aplicarán los criterios siguientes:

2.1.- CRITERIO Nº 3.- Se realizará el reconocimiento de créditos por experiencia laboral y profesional acreditada, si dicha experiencia está relacionada con las competencias inherentes al título en la materia objeto de reconocimiento. La acreditación se podrá fundamentar en informes  y/o certificados emitidos por las empresas o entidades en las que se desarrolló la actividad, Colegios Profesionales, etc.  Esto se justifica en la propia redacción del RD 861/2010 que exige la acreditación de esa experiencia y parece lógico que esa acreditación sea realizada por terceros.

La presentación de este tipo de informes y/o certificados  que acrediten la experiencia laboral y profesional será condición necesaria, pero no suficiente, para el reconocimiento de esos créditos, puesto que finalmente será la Universidad Antonio de Nebrija la que decida si procede o no el reconocimiento de los créditos a la vista de la acreditación presentada, en aplicación de la legislación vigente, en el ejercicio de su autonomía universitaria y conforme a su procedimiento interno de reconocimiento de créditos.

2.2.- CRITERIO Nº 4.- El reconocimiento de créditos por experiencia laboral y profesional acreditada, junto con los cursados en otras enseñanzas superiores, tendrá un límite máximo del 15% del total de los créditos que constituyen el presente plan de  estudios. Esto se justifica porque así lo establece el mencionado RD 861/2010.

2.3.- CRITERIO Nº 5.- Los créditos por experiencia profesional podrán ser reconocidos teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos, asociados a esa previa experiencia profesional y los correspondientes a las materias objeto de reconocimiento. En ningún caso se realizará un reconocimiento general de créditos en función de años de experiencia ni ningún otro criterio general semejante.

2.4.- CRITERIO Nº 6.- En el reconocimiento de experiencia profesional, no se admitirá cualquier tipo de experiencia profesional, relacionada lejanamente con las competencias de la asignatura cuyo reconocimiento se solicita, sino que se reconocerá solamente en el caso de una buena adecuación entre esas competencias y la práctica profesional. Se evitará también el reconocimiento si dicha experiencia por parte del estudiante hubiera sido breve. Por lo tanto la comisión de reconocimiento de créditos valorará a la hora del reconocimiento  un equilibrio entre características de esa experiencia, ámbito donde se ha desarrollado y duración de la misma.

La Universidad Nebrija pondrá especial cuidado en el proceso de reconocimiento de créditos por experiencia profesional, que se aplicará con un criterio restrictivo y una correlación clara entre experiencia y competencias reconocidas, para un desarrollo correcto y ordenado del nuevo escenario legal, y en el marco de las instrucciones emanadas de la ANECA tanto en los procesos de verificación como con vistas a los procesos de acreditación de los títulos.

Asimismo, el procedimiento utilizado por la Nebrija para reconocer los aprendizajes previos de los estudiantes en el proceso de admisión a las enseñanzas conducentes al título será el siguiente:

Los estudiantes deberán presentar en Secretaría de Cursos la documentación siguiente:

  • Certificación Académica Personal (original o fotocopia compulsada) en la que conste la denominación de las materias, la tipologías de las mismas, el número de créditos ECTS y la calificación obtenida por el estudiante.
  • En el caso de los créditos mencionados en los apartados b), c) y e) deberán presentar el programa detallado de las materias (original sellado o fotocopia compulsada).
  • En el caso de los créditos mencionados en el apartado d) deberán presentar la documentación acreditativa de la experiencia profesional y laboral.

La Universidad podrá asimismo solicitar cuanta documentación adicional estime conveniente. 

La Secretaría de Cursos remitirá la documentación presentada a la Comisión Académica de cada departamento que dictará la oportuna resolución aceptando o denegando el reconocimiento y/o transferencia. 

Todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales cursadas en cualquier Universidad, los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del correspondiente título, serán incluidos en su expediente Académico y reflejados en el Suplemento Europeo al Título, caso de que sea solicitado.

De acuerdo con el artículo 46.2.i) de la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, los estudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación hasta un máximo de 6 créditos del total del plan de estudios.

*Pendiente de aprobación por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid.

Curso de adaptación para titulados:
Descripción:

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