Criterios de acceso.
De acuerdo con el artículo 16 del R.D.
1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas oficiales y el Real
Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, para acceder a las
enseñanzas oficiales de Máster será necesario
estar en posesión de un título universitario oficial
español u otro expedido por una institución de
educación superior perteneciente a otro Estado integrante
del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el
mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.
Asimismo, podrán acceder los titulados
conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de
Educación Superior sin necesidad de la homologación
de sus títulos, previa comprobación por la
Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación
equivalente a los correspondientes títulos universitarios
oficiales españoles y que facultan en el país
expedidor del título para el acceso a enseñanzas de
postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en
ningún caso, la homologación del título previo
de que esté en posesión el interesado, ni su
reconocimiento a otros efectos que el de cursar las
enseñanzas de Máster.
Criterios de admisión.
Para la admisión al máster, el
alumno deberá:
Estar en posesión de la titulación
de Licenciado en Psicología o de Graduado en
Psicología u otro
equivalente expedido por una institución de
educación superior del Espacio Europeo de Educación
Superior que facultan en el país expedidor del título
para el acceso a enseñanzas de Máster. Asimismo,
podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos
ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin
necesidad de la homologación de sus títulos, previa
comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un
nivel de formación equivalente al correspondiente
título universitario oficial español y que facultan
en el país expedidor del título para el acceso a
enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no
implicará, en ningún caso, la homologación del
título previo de que esté en posesión el
interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar
las enseñanzas de Máster.
La selección se realizará,
además, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
1. Expediente académico (hasta 3
puntos)
2. Perfil de las asignaturas optativas del Grado o
Licenciatura acorde con la especialización en
Psicología Clínica y de la Salud (hasta 2 puntos)
3. Publicaciones científicas nacionales e
internacionales (hasta 0,5 puntos)
4. Comunicaciones científicas presentadas
en congresos nacionales e internacionales (hasta 0,5 puntos)
5. Participación en proyectos de
investigación (hasta 0,5 puntos)
6. Asistencia a cursos, jornadas y seminarios,
relacionados con las líneas de trabajo del máster
(hasta 0,5 puntos)
7. Perfil o trayectoria profesional relacionada
con las líneas de trabajo del máster (hasta 2
puntos)
8. Otras titulaciones universitarias (hasta 0,5
puntos)
9. Otros méritos (hasta 0,5 puntos)
En todo momento se buscará la igualdad
entre hombres y mujeres en todos aquellos ámbitos en los que
discurra el máster, desde la selección del alumnado,
las composiciones de las comisiones, los componentes de la
plantilla docente, etc..
De igual modo, en cumplimiento de la Ley 51/ 2003
se facilitará el acceso de alumnos al máster que
manifiestan discapacidades o deficiencias sensoriales o motoras,
favoreciendo el acceso al material, a las clases y prácticas
en todo momento. En colaboración con el Vicerrectorado de
Estudiantes y su dirección de Área para las
discapacidades, así como con el apoyo de organizaciones como
la ONCE, Fundación Vinjoy, etc., colaboramos activamente en
aquellos casos específicos de alumnos con discapacidad.