Con objeto de hacer efectiva la movilidad de estudiantes tanto
dentro del territorio nacional como fuera de él, la
Universidad conforme a su normativa interna y legislación
vigente, que ha hecho pública en su página web,
valorará los créditos que pueden ser objeto de
transferencia y de reconocimiento a la vista del expediente y de
los documentos académicos oficiales del estudiante y
relativos a las enseñanzas oficiales cursadas.
A estos efectos,
la transferencia de créditos implica que, en los
documentos académicos oficiales acreditativos de las
enseñanzas seguidas por cada estudiante, se incluirán
la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas
oficiales cursadas con anterioridad, en ésta u otra
universidad, que no hayan conducido a la obtención de un
título oficial.
Asimismo,
el reconocimiento de créditos supone la
aceptación por parte de la universidad de los
créditos que, habiendo sido obtenidos por el estudiante en
enseñanzas oficiales, en ésta u otra universidad, son
computados en otras distintas a efectos de la obtención de
un título oficial.
Conforme a la normativa vigente, los títulos propios
universitarios y la experiencia laboral y profesional acreditada
podrá ser también reconocida en forma de
créditos, y computará a efectos de la
obtención de un título oficial, siempre que dicha
experiencia esté relacionada con las competencias inherentes
a dicho título, con un máximo de un 15% de los
créditos que constituye el plan de estudios. En
ningún caso se podrá reconocer el trabajo fin de
máster.
Todos los créditos obtenidos por el estudiante en
enseñanzas oficiales cursados en cualquier universidad, los
transferidos, los reconocidos y los superados para la
obtención del correspondiente título, serán
incluidos en su expediente académico y reflejados en el
Suplemento Europeo al Título.
La Universidad, a través de la Comisión de
Postgrado, valorará a la luz del expediente del estudiante
los títulos oficiales que pueda aportar, las titulaciones
propias universitarias o la experiencia profesional, y conforme al
programa y a las materias concretas que tengan equivalencia en
competencias, contenidos y dedicación del alumno, se
determinará si pueden ser objeto de reconocimiento.
Criterios generales para el reconocimiento de asignaturas y
experiencia profesional
La aportación de la documentación relacionada a
continuación, podrá conducir al reconocimiento de
créditos por experiencia profesional y/o formación
académica:
1.- Contrato/s de trabajo, justificación legal de
la entidad donde presta servicios, relacionados con el
área de conocimiento de la asignatura que se pretende
reconocer y que acrediten que dispone de experiencia
profesional en el sector de la Ingeniería Civil, con una
suma total mínima de 1 año de ejercicio.
2.- Certificado del Colegio profesional u otra entidad
acreditadora profesional, contratos o facturas de honorarios de los
trabajos que el Ingeniero haya realizado en el ámbito del
área de conocimiento de la asignatura que se pretende
reconocer, para proyectos dotados de financiación
externa.
3.- Certificado académico personal de los estudios de
Ingeniería (no es suficiente con el título de
Ingeniería) donde figure el detalle oficial de asignaturas,
créditos, cursos así como los programas de todas las
asignaturas cursadas selladas por el departamento o universidad
correspondiente.
4.- Otros títulos o certificados académicos de
enseñanzas oficiales de pregrado o postgrado universitario
relacionado directamente con la asignatura que pretende convalidar,
con una duración mínima acumulada de 60 horas.
5.- Memoria de actividad profesional (donde se recoja las
áreas de conocimiento específico en las que ha
trabajado) debiendo incluir las siguientes referencias de
terceros:
5.1. En el caso de que sea autor
de publicaciones, debe aportar copia de las mismas, y datos de
referencia de las publicaciones.
5.2. En el caso de que haya
impartido cursos, debe aportar centro, duración,
titulación, fecha de impartición y programa.
5.3. En el caso de trabajo por
cuenta ajena, debe aportar Fe de vida laboral expedida por la
Seguridad Social.
5.4. En el caso de que haya
participado en Cursos, Seminarios, Congresos, documentación
acreditativa del tipo de participación realizada en el
evento profesional.
6.- Otros documentos que el alumno considere relacionados
y relevantes con la experiencia profesional y/o formación
académica relacionados con la asignatura que pretende
reconocerse.
Una vez presentada dicha documentación, pasará a
ser valorada por una comisión formada por profesores de los
departamentos correspondientes bajo la supervisión del
Director de la Titulación o el Director de Área, que
resolverá sobre el reconocimiento solicitado.
Posteriormente, el Director de la Escuela revisará y
dará el V.B. a dicha propuesta de reconocimiento, a partir
del cual la Secretaría General podrá hacer efectivo
el reconocimiento, previa comprobación de la autenticidad de
la documentación presentada.
En cualquier caso, la Universidad se reserva el derecho a no
admitir documentación que no sea fácilmente
contrastable ni verificable su autenticidad para este fin. La
universidad se reserva el derecho a realizar una entrevista
personal al candidato para aclarar cualquier detalle relativo a su
experiencia profesional. Toda la documentación presentada
pasará a incorporarse al expediente académico del
alumno.
La universidad se reserva el derecho a efectuar una prueba de
conocimientos al alumno, en caso de no considerar determinante la
documentación presentada.
Reconocimiento de créditos para los
titulados en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos
conforme a ordenaciones académicas anteriores al Real
Decreto 1393/2007
Los cambios en el mercado de la ingeniería civil y de la
construcción en general está teniendo como
consecuencia la creciente demanda de una titulación de
Máster por parte de los antiguos titulados de la
Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, y este programa
trata de facilitar la formación necesaria para acceder a
esos nuevos Másteres.
Aquellos que estén en posesión del título
de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos conforme a ordenaciones
académicas anteriores al Real Decreto 1393/2007
podrán acceder directamente al presente Máster en
virtud de lo dispuesto en la Orden CIN/309/2009, de 9 de febrero,
en su apartado 4.2.1.
Esta opción está abierta a todos los Ingenieros de
Caminos, Canales y Puertos, cualquiera que sea su universidad de
procedencia.
Al ser este Máster una titulación que habilita
para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Caminos,
Canales y Puertos, en el proceso de admisión se
informará al estudiante que no adquiere nuevas atribuciones
con la obtención del nuevo Máster, dado que la
legislación garantiza los derechos obtenidos en
enseñanzas anteriores.
El objetivo del procedimiento de reconocimiento de asignaturas
debe garantizar que, al concluir dicho Máster, los
estudiantes hayan adquirido las mismas competencias que los
restantes alumnos. La relación de materias que
podrán ser reconocidas por la universidad tendrá
por tanto en cuenta la adecuación entre las competencias y
los conocimientos adquiridos, bien en otras materias o
enseñanzas cursadas por el estudiante o bien en una
experiencia profesional previa.
Los criterios de reconocimiento de créditos tenidos en
cuenta incluyen la consideración de que el alumno ha
completado una titulación que lo habilita para la
profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos,
habiendo desarrollado y aprobado un Proyecto Fin de Carrera. El
hecho de haber completado esta titulación se considera
prueba de la adquisición de varias de las competencias
transversales y específicas que se desarrollan en el
Máster.
En ningún caso será objeto de reconocimiento el
Trabajo Fin de Máster, que todos los estudiantes
deberán realizar.
Los criterios generales se encuentran recogidos en la web de la
Universidad y se copian a continuación:
Título IX. Del reconocimiento de
créditos de titulaciones anteriores al Real Decreto
1393/2007
Art. 22.
El reconocimiento de créditos de una
titulación anterior al RD1393/2007, se hará con
arreglo a las siguientes reglas básicas:
a) Se reconocerán aquellas materias
superadas en el plan anterior que tengan similitud de competencias
o contenidos o dedicación del alumno con aquellas materias
del plan que se pretenda cursar e independientemente de su
naturaleza. Deberá tenerse en cuenta que en los planes
anteriores al real decreto mencionado, los créditos
únicamente expresan la carga lectiva sin considerar la
dedicación del alumno fuera del aula.
b) Se podrán reconocer hasta 6 ECTS por
actividades universitarias culturales, deportivas, de
representación estudiantil, solidarias y de
cooperación o de índole semejante.
Art. 23.
Las asignaturas reconocidas se considerarán
superadas a todos los efectos y, por tanto, no susceptibles de
nueva evaluación. Las asignaturas que hayan resultado
reconocidas figurarán con esta denominación y con los
correspondientes créditos ECTS en el expediente del alumno,
y tendrán la equivalencia en puntos correspondiente a la
calificación obtenida en el centro de procedencia.
Art.24.
Todos los créditos obtenidos por el
estudiante en enseñanzas oficiales cursados en cualquier
universidad, los transferidos, los reconocidos y los superados para
la obtención del correspondiente título, serán
incluidos en su expediente académico y reflejados en el
Suplemento Europeo al Título.
Art. 25.
Los créditos obtenidos por reconocimiento de
créditos correspondientes a actividades formativas no
integradas en el plan de estudios no serán calificados
numéricamente ni computarán a efectos del
cálculo de la media del expediente académico.
De la aplicación de los criterios citados a las
materias troncales de los planes de estudio de Ingeniería de
Caminos, Canales y Puertos, se ha obtenido la siguiente tabla de
materias y asignaturas que, de forma general, completarían
la formación de los actuales ingenieros de Caminos para
alcanzar las competencias previstas en el presente Máster.
Esta tabla de materias a cursar podrá reducirse al
considerar además las materias obligatorias y optativas que
cada plan de estudios recoja.
Módulo
|
Créditos totales
|
Materia/ Año
|
créditos
|
Asignatura
|
|
|
|
|
|
|
Módulo de Tecnología
Específica
|
24
|
PROYECTOS
|
12
|
PROYECTOS I (Estructuras)
|
PROYECTOS II (Ing. Hidráulica)
|
PROYECTOS III (Ing. Marítima)
|
|
PROYECTOS IV (Infr. Transporte)
|
Conservación, Mantenimiento y
Explotación de Infraestructuras
|
12
|
Planificación, gestión y
explotación de infraestructuras I
|
Planificación, gestión y
explotación de infraestructuras II
|
Módulo de Formación
Especial
|
15
|
Project management
|
6
|
Project management
|
Legislación, finanzas y
análisis de riesgos
|
3
|
Legislación, finanzas y
análisis de riesgos
|
Obra civil internacional (proyecto
desarrollo)
|
6
|
Obra civil internacional
|
Módulo de Conocimientos Transversales
a la Ingeniería
|
6
|
Conocimientos transversales a la
ingeniería
|
6
|
Habilidades directivas e inteligencia
emocional
|
Últimas tendencias en la
Ingeniería civil . Nuevas tecnologías
|
Módulo de Trabajo Fin de
Máster
|
6
|
Trabajo Fin de Máster
|
6
|
Trabajo Fin de Máster (6 ECTS)
|
ITINERARIO PROFESIONAL
|
|
|
|
|
|
Módulo de Prácticas
Profesionales
|
6
|
Prácticas Profesionales
|
6
|
Prácticas Profesionales
|
Módulo Optativo
|
6
|
Optativa
|
6
|
Optativa1 , Optativa2
|
ITINERARIO INVESTIGACIÓN
|
|
|
|
|
|
Módulo de Investigación
|
12
|
Investigación
|
12
|
Metodología Científica;
Procesamiento de la Información y Recursos de la
Actividad Investigadora; Prácticum
|
De esta forma, la relación de asignaturas que
típicamente deberá cursar un alumno de
Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos de la UEM
estaría compuesta por aquellas asociadas a competencias
específicas que no obtiene el estudiante en la
titulación mencionada, y que en general tienden a estar
ausentes de los planes de estudio de Ingeniería de Caminos
españoles, pero que constituyen parte fundamental del nuevo
perfil del ingeniero que pretende imprimir la UEM a sus
estudiantes, de acuerdo con las demandas actuales y las previsiones
de futuro del mercado:
- La capacidad de planificación, gestión y
explotación de infraestructuras.
- La capacidad para enfrentarse, en condiciones próximas
al ejercicio profesional, al diseño, aplicación y
valoración de modelos y experimentos en distintos
ámbitos de la ingeniería civil (estructuras, obra
hidráulica, obra marítima, infraestructura lineal
de transporte).
- La capacidad para aplicar los conocimientos de
gestión, negocios y habilidades directivas.
- La capacidad para entender los modelos de negocio y
financiación en mercados internacionales.
- La capacidad para el desempeño profesional en
organizaciones del sector, o bien la iniciación en la
labores de investigación científica, en
función del itinerario elegido.