El Consejo de Gobierno de la UPC aprobó en
su sesión de 20 de junio de 2008 el documento
“Criterios para la extinción de las titulaciones de
primer, segundo y primer y segundo ciclos y la implantación
de las nuevas enseñanzas de grado de la UPC”.
Este documento sienta las bases, de acuerdo a la
legislación vigente, del procedimiento de extinción
de las actuales titulaciones y establece los criterios de
adaptación de los estudiantes existentes al nuevo plan de
estudios.
La UPC establece, como norma general, un
procedimiento de extinción de sus titulaciones curso a
curso. De acuerdo a la legislación vigente, los estudiantes
que así lo deseen tienen derecho a finalizar los estudios
que han iniciado.
De acuerdo con la legislación vigente y las
directrices aprobadas al respecto por el Consejo de Gobierno de la
UPC anteriormente mencionado, para los estudiantes que no hayan
finalizado sus estudios de acuerdo a la estructura actual y deseen
incorporarse a los nuevos estudios de grado y para aquellos que
habiendo agotado las convocatorias extraordinarias que establece la
legislación vigente para los planes de estudio en proceso de
extinción no las hayan superado, se procederá al
proceso de adaptación al nuevo plan de estudios.
Para ello, el centro establecerá mecanismos
para dar la máxima difusión entre los estudiantes del
procedimiento y los aspectos normativos asociados a la
extinción de los actuales estudios y a la
implantación de las nuevas titulaciones de grado. Para ello
realizará reuniones informativas específicas con los
alumnos interesados en esta posibilidad y publicará a
través de su página web información detallada
del procedimiento a seguir.
La información que será
pública y se facilitará a los estudiantes interesados
en adaptarse a la nueva titulación será:
- Titulación de grado que sustituye a
la titulación actual.
- Calendario de extinción de la
titulación actual y de implantación de la
titulación de grado.
- Convocatorias extraordinarias que dispone el
estudiante que desee finalizar los estudios ya iniciados
- Tabla de equivalencias entre las asignaturas
del plan de estudios actual y el plan de estudios de grado
- Aspectos académicos derivados de la
adaptación, como por ejemplo: como se articula el
reconocimiento en el nuevo plan de estudios de las asignaturas de
libre elección cursada, práctica en empresas
realizadas, etc.
Dicha información será aprobada por
los correspondientes órganos de gobierno del centro.
Por otro lado, se harán las actuaciones
necesarias para facilitar a los estudiantes que tengan pendiente
únicamente la superación del proyecto final de
carrera la finalización de sus estudios en la estructura en
la cual los iniciaron.
Proceso de adaptación al nuevo plan de
estudios
Para los estudiantes que no hayan finalizado sus estudios de
acuerdo a la estructura actual y deseen incorporarse a los nuevos
estudios de grado y para aquellos que habiendo agotado las
convocatorias extraordinarias que establece la legislación
vigente para los planes de estudio en proceso de extinción
no las hayan superado se definirá una tabla
automática de convalidación de asignaturas. Esta
tabla relacionará las asignaturas del plan que se extingue
con aquellas del nuevo título de grado que se
convalidarán.
Así mismo, en la normativa del nuevo Grado de ADE se
estableceran los criterios y mecanismos para proceder a la
convalidación de los créditos de los estudios
anteriores y a su posterior incorporación en el expediente
acadèmico del/la solicitante.
La comisión de reconocimientos y convalidaciones
elaborará la tabla de convalidaciones automática.
Para ello la comisión partirá del plan de
estudios de la titulacíon de grado a nivel de asignaturas y
de las guias docentes donde se describen las competencias
específicas y genéricas que en ella se trabajaran
para alcanzar los resultados de aprendizaje fijados.
A continuación se procederá a comparar las
asignaturas de los dos planes de estudio con el objetivo de obtener
una propuesta de convalidaciones. Esta propuesta deberá ser
aprobada por la Comisión Permanente de la Escuela y su
Patronato Gestor, para posteriormente ser ratificada por el
Vicerector/a correspondiente de la UPC.