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Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT)

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Calendario implantación

Cronograma de implantación:
Procedimiento de adaptación:

Los estudiantes que habiendo iniciado sus estudios   con anterioridad a la puesta en marcha de los nuevos planes de estudios según el RD 1393/2007, y deseen cambiar al nuevo plan seguirán el siguiente procedimiento, establecido en la Normativa para el Reconocimiento y Transferencia de créditos en estudios de grado de la Universidad San Jorge, en concreto en lo detallado en el apartado B. Estudiantes que hayan realizado estudios de primer o segundo ciclo conforme a sistemas universitarios anteriores al   Real Decreto 1393/2.007, de 29 de octubre:

 

A los planes de estudio de los   alumnos que procedan de estudios de primer o segundo ciclo conforme a sistema universitario anteriores al actual, se les aplicaran los criterios generales de adecuación entre competencias y conocimientos asociados. Para los casos en los que la información de la Universidad de origen, no especifique las competencias de los créditos que el alumno pretende reconocer, por tratarse de planes de estudio confeccionados conforme a sistemas anteriores, se tomaran como referencia los contenidos de las materias o asignaturas de origen, y de los módulos o materias de destino, que según la normativa vigente deben estar descritos en la Tabla 2 del anexo I, a la que se ha hecho referencia con anterioridad”.

 

Para ello el procedimiento que se llevará a cabo es el siguiente:

  1. Presentarán su solicitud por escrito en la Secretaría General Académica de la Universidad.

2.        Desde la Dirección Académica del centro, se realizará un diagnóstico de los cursos realizados y las materias superadas de esos cursos y su equivalencia en ECTS   según los criterios   establecidos en la Normativa indicada.

3.        A partir de ahí, la Dirección Académica de la titulación, diseñará un itinerario personalizado a cada caso que contemple los módulos/materias que le quedarían reconocidos-as, y se definirían expresamente los módulos y materias que le faltarían de cursar en el nuevo plan de estudios.

4.        El alumno podría matricularse a partir del siguiente plazo de matrícula en los módulos/materias del itinerario establecido para su caso.

Estudios a extinguir:
Ningún registro encontrado.

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